La Agencia Tributaria responde a las dudas sobre el Impuesto de Gases Fluorados
Con motivo del nuevo Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha publicado en la página web de la Agencia Tributaria un listado de preguntas frecuentes que dan respuesta a las dudas que pueden surgir entre los contribuyentes sujetos a dicho tributo.
Este nuevo impuesto ha sido introducido en nuestro ordenamiento al amparo de la Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras. En desarrollo de dicha Ley, el 30 de diciembre fue publicado en el BOE el Real Decreto 1042/2013, de 27 de diciembre, por el cual se aprobaba el Reglamento del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero, que entró en vigor el 1 de enero de 2014.
Este tributo grava, en fase única, el consumo de gases fluorados de efecto invernadero atendiendo al potencial de calentamiento atmosférico y están sujetas a él las actividades de primera venta o entrega de estos gases tras su producción, la importación o adquisición intracomunitaria y el autoconsumo.
Para responder a las dudas que puedan surgir entre los contribuyentes afectados por dicho impuesto, la página web de la Agencia Tributaria contiene en su sección de Aduanas e Impuestos Especiales un listado de preguntas más frecuentes.