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Se da un paso decisivo para garantizar la calidad de este servicio

Nueva norma española de saneamiento portátil

Sebastián Ortiz, gerente de Aespe03/07/2012

3 de julio de 2012

Recientemente se ha adoptado la primera normativa europea EN-16194 relativa a los sanitarios portátiles, en la que Ategrus (Asociación Técnica para la Gestión de Residuos, Aseo Urbano y Medio Ambiente) y Aespe (Asociación Española de Alquiladores de Sanitarios Portátiles Ecológicos) han participado activamente.

Esta norma se elaboró en el seno del WG1 de Contenedores del Comité Europeo de Normalización, en adelante CEN 183, en el que Ategrus participa como experto, y en el que se contó con mi participación, como gerente de Aespe y vocal del Comité 134 de Gestión de Residuos de Aenor, cuya secretaría técnica desempeño en Ategrus.

Los miembros CEN (Comité Europeo de Normalización) están sometidos al Reglamento Interior de CEN /Cenelec, que define las condiciones dentro de las cuales debe adoptarse, sin modificación, la norma europea como norma nacional.

Existe en tres versiones oficiales: alemán, francés e inglés, y en España debe recibir el rango de norma nacional mediante la publicación idéntica al español que realice Aenor. La norma 16194 está disponible en la página web de Aenor desde el 27 de junio de 2012.

Sebastián Ortiz, gerente de Aespe
Sebastián Ortiz, gerente de Aespe.

Todos los miembros CEN en Europa se adaptarán a esta normativa y ésta cambiará por completo la manera de percibir el saneamiento portátil en Europa, especialmente en España, ya que todos deben hacerla cumplir y el Estado debe vigilar su cumplimiento.

Durante más de 50 años se han tenido que utilizar instalaciones sanitarias móviles en muchos emplazamientos. Al principio, se utilizaban principalmente en la construcción pero con el paso de los años, se han convertido en una instalación práctica para grandes y pequeños eventos: Juegos Olímpicos, Mundiales de Fútbol, Día Mundial de la Juventud, maratones, conciertos al aire libre, festivales en la calle, bodas, misiones militares, visitas papales, recogida de cosechas, después de catástrofes naturales, en campos de refugiados, áreas de descanso de las autopistas, etc.

Siempre que se congrega un gran número de personas durante un periodo de tiempo en lugares donde no hay instalaciones sanitarias o éstas son insuficientes, el uso de los baños portátiles no conectados a red de alcantarillado se ha convertido en una práctica habitual que proporciona dignidad, higiene y privacidad.

Aspectos de la nueva normativa

Esta nueva normativa es de servicio y define claramente el tipo de usos, el número de cabinas que debe usarse en cada uno de ellos y la frecuencia de las limpiezas que se deben realizar de acuerdo a los asistentes y al tiempo del evento.

Indica claramente los requisitos mínimos que deben cumplir las cabinas sanitarias o baños portátiles, lo que deben incluir en su interior, cómo debe ser su sistema de depósito y qué equipos suplementarios debe tener en el interior y en el exterior.

También es muy clara sobre las cabinas sanitarias con acceso a las sillas de ruedas, los concentrados sanitarios para su limpieza, los requisitos mínimos del servicio de alquiler a largo y a corto plazo e indica hasta cómo deben entregarse y recogerse.

Lo más importante de la normativa europea es que se unificará el servicio, en especial en eventos, indicando el número mínimo de baños a alquilar y teniendo en cuenta a las usuarias mujeres y a los minusválidos. En las obras de la construcción el baño portátil no debe superar los 100 metros de distancia y en obras de varios niveles debe haber baños cada dos plantas.

Aespe cree en la necesidad y la oportunidad de dictar un nuevo Reglamento de Policía de Espectáculos
Aespe cree en la necesidad y la oportunidad de dictar un nuevo Reglamento de Policía de Espectáculos, si se tiene en cuenta que han transcurrido muchos años desde que se promulgara el vigente, y que, durante ese tiempo, han cambiado sustancialmente la problemática general de los espectáculos, las preocupaciones y actitudes de la sociedad destinataria de los mismos y las estructuras administrativas encargadas de velar por la protección de los intereses generales relacionados con ellos.

Aespe considera necesario garantizar la higiene y la sanidad pública, la seguridad ciudadana, la protección de la infancia, de la minusvalidez y de la juventud, defender los intereses del público en general, así como la prevención de desastres y otros riesgos colectivos.

Debe ser el Estado quien garantice ese bienestar para que podamos ver saneamiento portátil en los parques, en las principales vías de las ciudades, en las playas, en todo tipo de eventos, en las carreteras y en toda obra pública y privada.

Para ello es imprescindible que la normativa nacional y europea CEN 16194 se haga cumplir, que haya acción política y que se intensifiquen las leyes que permitan que nuestra sociedad avance.

Desde la asociación seguiremos trabajando para lograr concienciar a todos los políticos de la importancia de los sanitarios portátiles y del respecto al medio ambiente, así como a los ciudadanos en general.

En Aespe, “apoyamos, protegemos, educamos y concienciamos para brindar bienestar ciudadano”.

Empresas o entidades relacionadas

Asociación Española de Saneamiento Portátil

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