Nuevo decreto regulará normas ambientales en materia de aguas
24 de enero de 2011
Este decreto incorpora asimismo las especificaciones técnicas del análisis químico y del seguimiento del estado de las aguas y fija el procedimiento para calcular las NCA de los contaminantes afín de acometer el buen estado de las aguas.
El articulado recoge de igual manera, un conjunto de definiciones relativas a la materia así como de las sustancias prioritarias, preferentes y contaminantes relevantes para la demarcación hidrográfica.
Asimismo, establece la posibilidad de que los órganos competentes puedan fijar NCA para los sedimentos o la biota (conjunto de seres vivos coexistente en un determinado ecosistema acuático) en determinadas categorías de masa de agua. También obliga a vigilar las tendencias en la concentración a fin de evaluar el impacto de la actividad antropogénica a largo plazo.
El real decreto contempla, por su parte, que los órganos competentes podrán designar zonas de mezcla adyacentes a los puntos de vertido donde las concentraciones de los contaminantes podrán superar las NCA siempre que no se comprometa el cumplimiento de dichas normas en el resto de la masa de agua. Asimismo, elaborarán un inventario de las emisiones, vertidos y pérdidas de las sustancias prioritarias y otros contaminantes.
Con este decreto se transponen todos los aspectos contenidos en la directiva del Parlamento Europeo y del Consejo del año 2008, relativa a normas de calidad ambiental en el ámbito de la política de aguas.