La DOP Gamonéu solicita la inclusión de varias razas nuevas en su pliego de condiciones
La Denominación de Origen Protegida (DOP) de queso Gamonéu ha solicitado a la Comisión Europea cambios en sus pliegos de condiciones que afectan a la mayoría de categorías, como el propio nombre del producto, su descripción, la obtención del alimento o del etiquetado, entre otros. El objetivo de todas estas modificaciones es afianzar el vínculo del producto con el medio que lo rodea, “manteniendo siempre la autenticidad, calidad y propiedades del producto final”.
El primero de los cambios que solicita la DOP Gamonéu afecta a la propia denominación del producto, de tal forma que se pide dejar como única denominación la palabra ‘Gaomonéu’, en sustitución de ‘Gamonéu’ y se pide la eliminación de ‘Gamonedo’, al estar en desuso y no designa el lugar que dio origen a la denominación.
En cuanto a la descripción del producto, la redacción actual utiliza la conjunción ‘y’ en la enumeración del origen de la leche, dando a entender que los quesos son elaborados con tres tipos de leche cuando en la propia definición se establece que puede ser de origen por especie o mezcla de las dos o tres especies indicadas. Por ello, se opta por la conjunción ‘o’ y la redacción quedará por lo tanto como que es un queso graso, madurado, de corteza natural, elaborado con leche cruda de vaca, oveja o cabra o con mezcla de los dos o de los tres tipos de leche indicados.
En cuanto a razas de las que se puede obtener el queso, se solicita la inclusión de nuevas razas, como las caprinas Malagueña, Florida, Cabra del Guadarrama y Bermeya al pertenecer a un mismo tronco genealógico; se añade además la raza ovina Assaf; y las razas bovinas Asturiana de la Montaña, Fleckvieh y Jersey, así como la raza Parda y la raza Parda de Montaña que sustituye a la raza Pardo-Alpina.
Además, la DOP solicita algunos cambios en las características físicas del producto que afecta a la altura, diámetro y peso del mismo; en la descripción de las características sensoriales del queso referentes a su color y sabor.
En cuanto a la zona geográfica que abarca la DOP, no se ve alterada como tal, pero sí hay cambios en lo referente a la determinación de la extensión geográfica y el número de hembras reproductoras protegidas, ya que los datos reflejados en el pliego actual son “aproximativos y obsoletos”, por lo que no coinciden con la realidad productiva actual de la DOP Gamonéu.
Los cambios solicitados incluyen aspectos del etiquetado para aclararlo entre el etiquetado de la DOP y mención tradicional.
Con la publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), se abre un plazo de tres meses en el que cualquier ente interesado tiene el derecho a oponerse a algunos de los cambios pedidos.