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La OMI adopta un código para buques que usan gas como combustible

Redacción ProfesionalesHoy18/06/2015

El nuevo código de obligado cumplimiento para buques que utilicen gases u otros combustibles de bajo punto de inflamación ha sido adoptado por el Comité de Seguridad Marítima (MSC) durante su 95º período de sesiones, celebrado en la sede de Londres de la Organización Marítima Internacional (OMI), del 3 al 12 de junio de 2013. El Comité puso en su orden del día la migración mixta en condiciones peligrosas por mar y examinó cuestiones como la seguridad cibernética y la seguridad de buques de pasaje.

Asimismo, aprobó medidas sobre la organización del tráfico marítimo y también una serie de circulares surgidas de los informes presentados por los Subcomités.

El uso de gas como combustible, especialmente el gas natural licuado, se ha extendido en los últimos años al ser un combustible con menos emisiones de SOx y de materias particuladas que otros, como el diésel o el fueloil marino. Sin embargo, usar gas y otros combustibles de bajo punto de inflamación plantea otros problemas en lo concerniente a la seguridad. El Código IGF tiene como objetivo minimizar el riesgo para el buque, su tripulación y el medio ambiente, teniendo en cuenta la naturaleza de los combustibles usados.

Con el fin de que los buques construidos después de la fecha de entrada en vigor del Código (1 de enero de 2017) cumplan los requerimientos del código IGF, se han incorporado enmiendas y apéndices que así lo exigen.

El Código IGF establecerá prescripciones de carácter obligatorio para la disposición, instalación, control y vigilancia de maquinaria, equipo y sistemas que consumen combustibles de bajo punto de inflamación, centrándose inicialmente en el gas natural licuado.

Además, aborda todas las áreas que requieren especial consideración en cuanto al uso de este tipo de combustible, con un enfoque basado en objetivos, y con requerimientos y metas funcionales específicas para cada sección relativa al proyecto, construcción y operación de los buques.

El MSC también adoptó enmiendas al Convenio internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para los profesionales del mar y al Código de Formación con el fin de incluir nuevos requisitos obligatorios para la formación y la titulación de capitanes, oficiales, marineros y otro personal en buques sujetos al Código IGF. Las enmiendas también entrarán en vigor el 1 de enero de 2017, en línea con las enmiendas del SOLAS relacionadas con el Código IGF.

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