España ratifica el Convenio Laboral Marítimo de la OIT
España, que actualmente ejerce la presidencia de turno de la Unión Europea, ha sido el primer país de la UE que ha ratificado el Convenio Laboral Marítimo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el pasado 4 de febrero. Es el séptimo país en ratificar dicho Convenio, tras Bahamas, Liberia, Islas Marshall, Noruega, Panamá y Bosnia-Herzegovina. Este hecho supone un paso importante para que entre en vigor esta nueva “carta de derechos” para los trabajadores que ejercen su actividad en el mar.
El director general del OIT, Juan Somavia, dijo que “esta ratificación por parte de España pone en evidencia su compromiso para garantizar condiciones de trabajo decente para la gente de mar en los buques de bandera española. Al servir de ejemplo a otros países de la Unión Europea, su ratificación significa además un paso importante hacia la entrada en vigor de este Convenio clave.”
Uno de los dos requisitos para que el MLC, 2006 entre en vigor (que las ratificaciones abarquen el %del arqueo bruto de la flota mercante mundial) se alcanzó hace aproximadamente un año. Luego de las ratificaciones de España y Bosnia y Herzegovina, los marinos de cerca del 45% de la flota mundial por tonelaje bruto están ahora protegidos.
La ratificación de España como destacado Estado marítimo de la UE representa un paso significativo hacia el logro del segundo requisito: la ratificación por parte de 30 países. El progreso que se viene dando en muchos otros países indica que el número de ratificaciones necesarias para la entrada en vigor será alcanzado, como se espera, para el quinto aniversario del Convenio, es decir, en los primeros meses de 2011.
El MLC, 2006 tiene como objetivo proteger a los aproximadamente 1,2 millones gente de mar que existen en el mundo. Como tal, el MLC, 2006 tiene en cuenta la realidad –siempre cambiante- y las necesidades de una industria que maneja el 90 por ciento del comercio internacional. Además, establece una “carta de derechos” para la gente de mar y está destinado a convertirse en el “cuarto pilar” del régimen regulatorio internacional del transporte marítimo, al complementar los principales Convenios de la Organización Marítima Internacional (OMI) sobre protección del medio ambiente y seguridad de los buques. Este Convenio establece las condiciones mínimas de trabajo para la gente de mar en buques y contiene disposiciones sobre condiciones de empleo, horas de trabajo y descanso, alojamiento, instalaciones de esparcimiento, alimentación y servicio de fonda, protección de la salud, atención médica, bienestar y protección social.
Es importante destacar que el MLC, 2006 establece fuertes mecanismos de cumplimiento y aplicación basados en la inspección por parte del Estado de abanderamiento y la certificación de las condiciones de trabajo y vida de la gente de mar. Esto a su vez se ve apoyado por las inspecciones de los buques por parte del Estado rector del puerto con el objetivo de garantizar el cumplimiento del Convenio entre una y otra inspección. El MLC, 2006 contiene además disposiciones que le permiten actualizarse en relación a las necesidades de la industria y ayudar a garantizar su aplicación y control universal.
















