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Ivace Energía destinará 3 millones de euros para la rehabilitación energética de edificios en municipios de menos de 5.000 habitantes

Redacción Interempresas28/01/2022

El Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (Ivace), dependiente de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, publicó el 27 de enero en el Diari Oficial de la Generalitat (DOGV), la convocatoria de un programa de ayudas a fondo perdido para impulsar actuaciones de rehabilitación energética de edificios existentes en municipios de menos de 5.000 habitantes (PREE5000), dotado con un total 3.067.930 euros.

Las ayudas previstas en esta convocatoria se encuentran financiadas por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Recuperación Next Generation...
Las ayudas previstas en esta convocatoria se encuentran financiadas por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Recuperación Next Generation EU.

El objetivo del programa es dar un impulso a la sostenibilidad de la edificación existente en la Comunidad Valenciana mediante actuaciones de mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica (fachadas, cubiertas, ventanas, soluciones bioclimáticas, etc.), a actuaciones de mejora de la eficiencia energética y de utilización de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, ventilación y agua caliente sanitaria, así como actuaciones de mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación, detallaron en una nota de prensa fuentes del Ejecutivo autonómico.

Para poder beneficiarse de las ayudas las acciones que se realicen "deberán suponer una mejora de la letra de calificación energética y una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30% de la vivienda o edificio que se rehabilite".

Las ayudas serán como mínimo “de un 20% - 50% de la inversión energética y eficientemente realizada y podrán alcanzar un 100% en rehabilitaciones integrales de viviendas con criterio social y que alcancen una alta calificación energética con la reforma”.

Desde la Generalitat Valenciana se recuerda que el 26% del parque de viviendas de la Comunidad registrado por el Ivace corresponde a viviendas con las letras F y G, las más ineficientes, y si se incluye la letra E asciende a un 86%, “lo que da una idea del enorme potencial existente en este ámbito”.

Para el conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, Rafa Climent, el mejor camino para relanzar la economía es “apostar por una economía verde, por una auténtica transformación de nuestros sistemas, que ponga la lucha contra la emergencia climática y la sostenibilidad, en el centro del nuevo modelo económico”.

Hacia edificios de consumo cero

En ese sentido, recalcó que la “transformación de la infraestructura construida hacia edificios de consumo cero abre importantes alternativas y oportunidades de inversión y empleo”.

Pueden beneficiarse tanto los particulares, como comunidades de propietarios, comunidades energéticas, empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios, empresas de servicios energéticos (ESEs), entidades locales y el sector público institucional de las administraciones públicas.

Además, el Programa PREE5000 pretende promover las actuaciones realizadas por comunidades de energías renovables o comunidades ciudadanas de energía, por lo que también podrán acceder a estas ayudas, que además contarán una ayuda adicional de hasta un 20%.

Las ayudas previstas en esta convocatoria se encuentran financiadas por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Recuperación Next Generation EU.

Para poder beneficiarse de las ayudas las acciones que se realicen “deberán suponer una mejora de la letra de calificación energética y una reducción...
Para poder beneficiarse de las ayudas las acciones que se realicen “deberán suponer una mejora de la letra de calificación energética y una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30% de la vivienda o edificio que se rehabilite”.

Plazo y cuantía de las ayudas

El plazo para la presentación de solicitudes se inició el 28 de enero y finalizará el próximo 31 de diciembre de 2023. La cuantía de las ayudas oscila entre el 20% y el 100% en función del tipo de actuación y del uso del edificio.

A esta ayuda se podrá sumar una ayuda adicional por criterio social, eficiencia energética o por actuación integrada. De esta forma, el porcentaje de ayuda puede llegar a alcanzar hasta el 100% del coste.

En el caso del criterio social, la ayuda se podrá incrementar en los edificios de viviendas de protección pública o situados en las Áreas de Regeneración y Renovación Urbanas o Rurales.

En cuanto a la ayuda adicional por eficiencia energética se aplicará en actuaciones que eleven la calificación energética del edificio para obtener una clase energética A o B, en la escala de CO2, o bien, incrementen en dos letras la calificación energética de partida.

Por último, la ayuda adicional por actuación integrada, se aplicará en los edificios que realicen simultáneamente la combinación de dos o más tipologías de actuación siempre y cuando una de ellas sea sobre la envolvente térmica.

Tendrán también derecho a ayuda adicional los edificios incluidos dentro de una comunidad de energías renovables o una comunidad ciudadana de energía.

Acciones subvencionables

En cuanto las acciones apoyables, se encuadran en tres categorías: mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica (fachadas, cubiertas, ventanas, soluciones bioclimáticas, etc.), mejora de la eficiencia energética y de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, ventilación y agua caliente sanitaria y mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.

Las actuaciones subvencionables incluidas en cada una de las tipologías se pueden llevar a cabo en edificios destinados a vivienda unifamiliar, residencial colectiva de vivienda, cualquier otro uso (administrativo, sanitario, docente, cultural, etc.).

Asimismo, las actuaciones subvencionables se podrán realizar en edificios completos existentes o sobre una o varias viviendas o locales del mismo edificio, consideradas individualmente o como partes de un edificio existente.

No serán actuaciones subvencionables las que realicen en edificios construidos en el año 2007 o posterior aquellos en los que supongan una ampliación, en los que se incremente la superficie o volumen construido o cuando conlleven un cambio de uso del edificio.

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