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Madrid aprueba el anteproyecto de la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible

Redacción Interempresas28/05/2021

El anteproyecto de la Ordenanza de Movilidad Sostenible (OMS) del Ayuntamiento de Madrid recibió el pasado 27 de mayo el visto bueno en la Junta de Gobierno del consistorio de la capital. El texto, que en dos meses se llevará al pleno municipal para su aprobación definitiva, contempla la posible ampliación del servicio de estacionamiento regulado (SER) a veinte nuevos barrios, establece un marco legal para que toda la ciudad sea Zona de Bajas Emisiones y crea Zonas de Especial Protección en Centro y Plaza Elíptica para combatir las emisiones con medidas adicionales que se aplicarán en los puntos más problemáticos, entre otras medidas.

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La OMS de Madrid permite la implantación del bus a demanda nocturno, la reserva de plazas para vehículos de empresas de 'carsharing' y los estacionamientos para vehículos CERO.

En rueda de prensa posterior a la reunión, el delegado de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, Borja Carabante, resaltó que el nuevo texto pretender convertir a la ciudad “en capital de la movilidad sostenible; proteger la vida e integridad física y la salud de las personas a través de la mejora de la calidad del aire y la seguridad vial; integrar todos los modos de movilidad armonizando y racionalizando los distintos usos del espacio público, y promover la eficiencia y la innovación”.

Fuentes del Ayuntamiento de Madrid señalan en una notad de prensa que el tráfico rodado es el principal responsable de la contaminación del aire por dióxido de nitrógeno en la ciudad, concretamente del 53,3 % del NO2 total y del 74,4 % si sólo se consideran las fuentes locales sobre las que el gobierno municipal tiene capacidad de regular.

El vehículo “tipo turismo” (excluyendo los taxis y VTCs) representa el 79,4 % de los recorridos realizados en el municipio. La mayoría tiene como fuente energética el diésel, suponiendo el 69,9 % de los recorridos, frente al 28,2 % que representan los de gasolina. Los turismos híbridos, eléctricos y que consumen otros combustibles alternativos como gas natural comprimido (GNC) o gases licuados del petróleo (GLP) alcanzan en su conjunto el 1,9 %.

Para incentivar el trasvase hacia tecnologías limpias, una de las medidas más importantes que contempla la OMS viene recogida en el artículo 21, ya que concede una protección básica para todos los ciudadanos en el conjunto del término municipal con la restricción progresiva de la circulación a los vehículos más contaminantes, aquellos que no poseen distintivo ambiental (A), mediante la creación de Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE). Su aplicación es por anillos territoriales, posibilitando cumplir los valores límite y los umbrales de calidad del aire establecidos por la normativa comunitaria y estatal en materia de calidad del aire y protección del medio ambiente.

Calendario de restricciones a vehículos con distintivo A

De las siete estaciones que superaron en 2018 los valores límite para la media anual de NO2 (40µg/m3), cinco se situaban en el interior de la M-30. Comenzando por las zonas donde los niveles de contaminación son más elevados (interior de esta vía de circunvalación interna de la ciudad), el calendario de limitaciones a la circulación establecido para aquellos vehículos que no estén dados de alta en el padrón del IVTM del ayuntamiento es el siguiente:

-Desde el 1 de enero de 2022 estará prohibido su acceso y su circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30.

-Desde el 1 de enero de 2023 quedará prohibido su acceso y su circulación por las vías públicas urbanas tanto del interior de la M-30 como de la propia M-30.

-Desde el 1 de enero de 2024 quedará prohibido su acceso y su circulación por todas las vías públicas urbanas del ámbito territorial de Madrid ZBE.

-Desde el 1 de enero de 2025 la prohibición se extenderá también para los A de Madrid.

Las medidas relacionadas con las restricciones a la movilidad y los cambios hacia tecnologías no contaminantes supondrán una rebaja de 1.147 toneladas anuales de óxidos de nitrógeno (NOx), tal y como estimó la Universidad Politécnica de Madrid para la modelización de Madrid 360, afirman desde el gobierno municipal. Con Madrid ZBE se prevé, además, que se produzcan 92.000 desplazamientos más en transporte público, trasvasándose el 62 % de los conductores del vehículo privado a este medio.

El texto fija el funcionamiento de carga y descarga inteligente para vehículos de mercancías y las plazas de rotación de 45 minutos en zonas...
El texto fija el funcionamiento de carga y descarga inteligente para vehículos de mercancías y las plazas de rotación de 45 minutos en zonas especiales.

Medidas especiales para zonas con contaminación acusada

La OMS crea, en su artículo 22, la figura de ZBE de Especial Protección en Centro y plaza Elíptica, que contarán con medidas adicionales (de restricción de circulación, velocidad, creación de zonas peatonales, entre otras) “debido a que las necesidades de mejora medioambiental en estos puntos son más acusadas”.

Por otra parte, la ordenanza profundiza en la transformación digital de la administración para una gestión más eficaz de las competencias municipales en materia de movilidad. Dentro de las medidas que contribuyen a favorecer la movilidad sostenible, el artículo 52.2.e. regula la nueva tarifa dinámica del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) con la oportuna modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Estacionamiento de Vehículos en determinadas zonas de la capital (OFSER). Con esta funcionalidad se pretende evitar un aumento de los niveles de dióxido de nitrógeno que haga necesaria la activación del Protocolo de Actuación para Episodios de Contaminación por dióxido de nitrógeno en la ciudad de Madrid, incrementando la tasa en caso de empeorar los registros en las estaciones de calidad del aire.

El artículo 201.4 y el 202 aborda el sistema de gestión inteligente del uso de las reservas de carga y descarga de mercancías para reducir las emisiones debidas a la logística de recogida y entrega y fomentar el uso de las tecnologías menos contaminantes en el ámbito de la distribución urbana de mercancías. Su uso se realiza mediante registro automatizado y por un tiempo máximo de 30 minutos.

El SER podría llegar a 20 barrios nuevos

La nueva normativa acaba con los artículos 56 y 57 que regulaban las zonas de aparcamiento vecinal, ya que no determinaban el sistema específico para su control y se mantiene la fórmula del SER para aquellos barrios donde existen problemas de estacionamiento para la gestión racional del espacio público. El texto contempla la posible ampliación del servicio en el artículo 57 a veinte nuevos barrios de manera parcial (parte del territorio) o total. Desde el ayuntamiento se remarca que “solo se implantaría bajo demanda vecinal”.

La OMS refuerza la seguridad vial en las vías urbanas, especialmente en las aceras y zonas peatonales y sobre los colectivos más vulnerables (menores de edad, los de edad avanzada, dependientes, personas con discapacidad y con movilidad reducida). Así, con ánimo de garantizar la accesibilidad universal, a través del artículo 48, se obliga a bicicletas, VMP, ciclos, motos y vehículos de dos o tres ruedas a estacionar exclusivamente en los espacios específicamente reservados y señalizados para ello, preferiblemente en la calzada (reservas situadas en bandas de estacionamiento, pudiendo encadenarse a sus elementos de anclaje y separación).

El texto establece una comisión de movilidad aérea de manera pionera para establecer las condiciones de los vuelos con drones y habilita bancos de...
El texto establece una comisión de movilidad aérea de manera pionera para establecer las condiciones de los vuelos con drones y habilita bancos de prueba para experimentos de movilidad.

Laboratorio de la movilidad

La ordenanza incluye, por primera vez, el estudio de las condiciones en que deberá regularse la movilidad aérea urbana de aeronaves pilotadas por control remoto (RPA) cuando lo habilite la normativa comunitaria y estatal sobre operaciones de estos sistemas. La Disposición Adicional Segunda, bajo el título ‘Movilidad aérea urbana’, fija un plazo de nueve meses desde la entrada en vigor de la normativa para que el alcalde cree la Comisión de Movilidad Aérea Urbana, órgano de asesoramiento, encargado de colaborar con la Agencia Estatal de Seguridad Aérea y el resto de autoridades estatales, el sector aeroespacial, los sectores del transporte y la innovación.

En el ámbito del impulso a la eficiencia y la innovación, el Área de Medio Ambiente y Movilidad desarrolla un nuevo título en la Disposición Adicional Cuarta para la ‘Innovación de la movilidad segura, sostenible y conectada’. Para fomentar la seguridad vial, la eficiencia energética y la sostenibilidad medioambiental de la movilidad y el transporte urbanos, el Ayuntamiento de Madrid podrá establecer bancos de prueba regulatorios (sandbox) en los que desarrollar proyectos piloto tanto para el mejor ejercicio de las competencias municipales como para favorecer el fomento de la actividad económica de la ciudad.

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