La 'Plataforma por el Coche Compartido' solicita una definición de la actividad que ofrezca seguridad jurídica a los usuarios y empresas
La Plataforma por el Coche Compartido -de la que forman parte BlaBlaCar; Share Now; Ubeeqo; Wible; Zity y Emov- solicita a las instituciones que, “por la claridad y seguridad jurídica de usuarios y empresas” establezcan una definición pública del coche compartido, lo que permitiría así dar el primer paso “para poder reconocer e impulsar institucionalmente sus externalidades positivas”.
Estos beneficios, enumeran fuentes de este colectivo en una nota de prensa, son, entre otras, la reducción de coches en circulación. El coche compartido, añaden, fomenta una movilidad más sostenible. De hecho, según los integrantes de esta agrupación, en 2018 esta modalidad de uso compartido de vehículos evitó la emisión a la atmósfera de “más de 140.000 toneladas de CO2 equivalente y la mejora sustancial de la calidad del aire en nuestras ciudades reduciendo la emisión de NOx.” Asimismo, el uso compartido de vehículos es más eficiente, puesto que propicia una mayor fluidez en la red viaria y menor espacio público destinado a los coches. También reduce las congestiones de tráfico rodado y el riesgo de accidentes.
Las seis empresas citadas, que juntas “sumamos más de 6 millones de usuarios”, consideran que el impulso y apoyo institucional, en los diferentes niveles de gobierno, “contribuiría a la implantación, desarrollo y promoción de este tipo de iniciativas.”
Aprovechando la celebración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático -COP25- en Madrid, la Plataforma por el Coche Compartido manifiesta que esta modalidad de uso, “en sus diferentes modalidades, impulsa un nuevo concepto de movilidad donde la idea del coche en propiedad va perdiendo fuerza en favor de una nueva concepción de la movilidad como servicio”.
Asimismo, consideran que “un cambio tan crucial como el de la movilidad debe implicar a la sociedad, a las empresas y a las instituciones. El reto que supone el cambio climático, cuyos efectos son cada vez más visibles y evidentes, debe abordarse sin duda alguna de una forma conjunta.”
Finalmente, como agentes de la movilidad, las seis compañías “se comprometen a seguir trabajando por el desarrollo y la mejora de una tecnología que siga impulsando la reducción del número de coches en circulación y, en consecuencia, fomente una movilidad más sostenible, eficiente y segura.”
Varias modalidades
El colectivo aprovecha el envío de esta nota de prensa para explicar las diferentes modalidades de uso compartido. Así, el ‘carpooling’ consiste en la utilización en común de un vehículo terrestre a motor por un conductor y uno o varios pasajeros, “efectuado a título no oneroso, excepto por la compartición de gastos, en el marco de un desplazamiento que el conductor efectúa por su propia cuenta. Las empresas que realizan actividades de intermediación, con esta finalidad, pueden hacerlo a título oneroso.”
El ‘carsharing’ es la actividad empresarial de arrendamiento de vehículos sin conductor desarrollada por empresas con una flota de vehículos en propiedad, leasing o renting. Estas empresas están dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y “comercializan el arrendamiento sin conductor de sus vehículos a través de una plataforma tecnológica que permite contratar y acceder al servicio de forma totalmente autónoma, en cualquier momento (24 horas al día, 7 días a la semana), con un precio determinado por la duración y/o la distancia del arrendamiento, en fracciones desde minutos, horas o kilómetros, con monitorización a tiempo real de la ubicación y la duración del arrendamiento, bajo una tarifa global que incluye todos los aspectos del servicio.”
Los vehículos de ‘carsharing’ son automóviles que se ofrecen a un número indeterminado de conductores en el marco de un acuerdo o ‘contrato marco’ que establezca los términos y condiciones del servicio, teniendo los clientes la condición de ‘miembros’ del sistema de ‘carsharing’ operado por dicha compañía.
Los sistemas de ‘carsharing’ “suponen un complemento de los sistemas de transporte público urbano, siendo una actividad de interés público ya que favorecen la mitigación de los impactos del uso del vehículo privado (congestión, ocupación de la vía pública, emisiones contaminantes, etcétera)”, añaden desde el colectivo.