Reconocimiento de los primeros rociadores ESFR en el marco del reglamento RIPCI
Tras las gestiones realizadas por Tecnifuego, Asociación Española de Sociedades de Protección contra Incendios, para solucionar el grave problema que se había producido en el mercado por la paralización de importantes obras e instalaciones equipadas con rociadores ESFR, una empresa fabricante asociada a Tecnifuego ha recibido la resolución del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo en la que aceptan estos rociadores ESFR en el marco del R.D. 513/2017 (Reglamento de Instalaciones de protección contra incendios, RIPCI) y del Reglamento (UE) Nº 2019/515.
Esta resolución es válida en todo el territorio nacional y de obligada aceptación por todos los partícipes en el proceso de diseño, ejecución, evaluación, legalización y autorización de proyectos amparados en el RIPCI. Así mismo, indica el camino que deberán seguir los fabricantes de rociadores ESFR que quieran solicitar la conformidad de estos al RIPCI, siguiendo los pasos del procedimiento de reconocimiento mutuo establecido en dicho reglamento europeo.
Los rociadores ESFR han sido muy bienvenidos desde su aparición, en la década de 1980, debido a su eficacia. Incorporan una tecnología de respuesta rápida para permitir descargar el agua en menos tiempo.