Las etiquetas de los alimentos pueden confundir a los consumidores de la UE
Los consumidores pueden perderse fácilmente en un laberinto de etiquetas de alimentos, advierten los auditores de la UE en su Informe Especial 23/2024, 'Etiquetado de los alimentos en la UE – Los consumidores pueden perderse en el laberinto de etiquetas'. El etiquetado de los alimentos debe ayudar a tomar decisiones con conocimiento de causa al comprar, pero los consumidores europeos están expuestos a un número cada vez mayor de declaraciones, logotipos, eslóganes, etiquetas y puntuaciones que pueden ser no solo confusos, sino también engañosos.
Las etiquetas proporcionan información sobre el contenido y las propiedades de los alimentos. También se utilizan a menudo para aumentar el atractivo de los productos destacando supuestos beneficios, como el hecho de ser sanos, ecológicos o sin gluten. Las normas de la UE garantizan que las etiquetas proporcionen a los consumidores información básica, lo que sin duda es un buen punto de partida. Pero los auditores hallaron una serie de lagunas preocupantes en la legislación, así como problemas con los controles y las sanciones.
“En lugar de aportar claridad, con demasiada frecuencia las etiquetas de los alimentos crean confusión; existen cientos de sistemas, logotipos y declaraciones diferentes que el público debe descifrar”, señala Keit Pentus-Rosimannus, Miembro del Tribunal de Cuentas Europeo responsable de la auditoría. “Las empresas pueden ser muy creativas respecto de lo que introducen en los envases, y las normas de la UE no se han adaptado a un mercado en constante evolución, lo que hace que unos 450 millones de consumidores europeos sean vulnerables a mensajes engañosos intencionados o involuntarios”.
Las insuficiencias de la legislación de la UE pueden dar lugar a que los consumidores acaben confundidos. Por ejemplo, las normas de la UE permiten el uso de declaraciones nutricionales y de propiedades saludables incluso para productos con alto contenido en grasa, azúcar o sal, de modo que productos azucarados, como las barras energéticas, pueden publicitarse como productos con ‘alto contenido en proteínas’. Asimismo, los consumidores están cada vez más expuestos a declaraciones de propiedades saludables no reguladas sobre sustancias vegetales o ‘botánicas’ (como ‘contribuye a la recuperación de energía’ o ‘mejora el rendimiento físico’), incluso sin el respaldo de pruebas científicas.
Algunos consumidores pueden incluso sentirse agraviados. Las personas con alergias alimentarias pueden enfrentarse a un etiquetado excesivamente cauteloso en materia de alérgenos y a indicaciones vagas como ‘puede contener’. En la práctica, esto limita su elección de productos. Los vegetarianos y veganos se ven especialmente afectados: el uso del etiquetado vegano y vegetariano no está regulado, ya que no existe una definición de este tipo de productos a escala de la UE.
Las etiquetas nutricionales en la parte frontal de los envases, como el sistema Nutri-Score, la batería NutrInform y la Cerradura, no están armonizadas a escala de la UE, y no existe consenso entre las partes interesadas europeas sobre qué sistema de etiquetado debe utilizarse. Sin embargo, unas reglas normalizadas podrían ayudar a los consumidores a identificar opciones alimentarias más saludables y a prevenir potencialmente enfermedades relacionadas con la dieta. En cambio, la coexistencia de múltiples sistemas en los países de la UE, cada uno de ellos con significados y finalidades diferentes, tiene el efecto contrario: en lugar de orientar a los consumidores, los confunde.
La confusión se ve agravada por el creciente número de etiquetas, logotipos y declaraciones voluntarias que se utilizan para atraer a los consumidores. Entre ellas figuran etiquetas ‘limpias’ sobre la ausencia de determinados elementos (por ejemplo, ‘sin antibióticos’) y cualidades no certificadas (por ejemplo, ‘fresco’ y ‘natural’), así como una amplia gama de alegaciones medioambientales que equivalen al blanqueo ecológico. Lamentablemente, las normas actuales de la UE no pueden impedir tales prácticas, señalan los auditores.
A pesar de estas críticas, los auditores constataron que la educación de los consumidores no parece ser una prioridad. La UE solo asignó alrededor de 5,5 millones de euros a campañas de sensibilización sobre el etiquetado de los alimentos entre 2021 y 2025, y las campañas de los Estados miembros dirigidas a los consumidores son esporádicas. Por ejemplo, las indicaciones de fechas, aunque obligatorias, no se comprenden bien, y los consumidores no tienen claro el significado y las implicaciones de ‘fecha de caducidad’ y ‘fecha de consumo preferente’.
Las empresas alimentarias también pueden aprovechar las insuficiencias de los controles y las sanciones. En general, los controles funcionan bien para los elementos obligatorios del etiquetado de los alimentos. Por el contrario, hay pocos controles, o ninguno, en lo que respecta a la información voluntaria, como las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables, o a las ventas de alimentos en línea (que han aumentado desde la pandemia), ámbito en el que los sitios web de fuera de la UE son casi imposibles de controlar. En lo que atañe a las infracciones, los auditores de la UE concluyen que las multas no siempre son disuasorias, eficaces o proporcionadas.
Información de referencia
En la UE, el suministro de información alimentaria a los consumidores está regulado por un conjunto de normas horizontales como el Reglamento de 2002 sobre los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, el Reglamento de 2006 sobre las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables y el Reglamento de 2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor (Reglamento IAC). El etiquetado de los alimentos en la UE también está regulado por un conjunto de normas más específicas que establecen requisitos para productos alimenticios concretos (como el vino, los huevos, la miel, el aceite de oliva o los alimentos destinados a niños pequeños).
Con arreglo a la definición de la UE, una etiqueta consiste en “los letreros, marcas comerciales o de fábrica, signos, dibujos u otras descripciones, escritos, impresos, estarcidos, marcados, grabados o estampados en un embalaje o envase alimentario, o que acompañe al mismo”.