Publicado el real decreto sobre requisitos de higiene en establecimientos de comercio al por menor
El 21 de diciembre se publicó en el BOE el Real Decreto 1021/2022, de 21 de diciembre, por el que se regulan determinados requisitos en materia de higiene de la producción y comercialización de los productos alimenticios en establecimientos de comercio al por menor. Con esta norma, impulsada por la AESAN, se establece el nuevo marco legal para los establecimientos de comercio al por menor de alimentos: carnicerías, pescaderías, supermercados, establecimientos de restauración y hostelería, etc.
Esta norma regula las condiciones de higiene y seguridad alimentaria aplicables a los alimentos en estos establecimientos, como son: las temperaturas de conservación, las condiciones de congelación y descongelación, los requisitos de exposición de productos de la pesca o el empleo del huevo como ingrediente, entre otras. Además, establece requisitos para las zonas de degustación, el acceso de animales de compañía a estos establecimientos y para los envases aportados por la clientela en el momento de hacer la compra. Establece condiciones, específicas y más estrictas que las actuales, para la elaboración de alimentos en viviendas que se van a destinar a la comercialización.
Además, mediante este real decreto se establece el procedimiento para la concesión de medidas de flexibilidad en materia de higiene en establecimientos de comercio al por menor y se incluyen una serie de adaptaciones que se conceden con carácter general, como la posibilidad de emplear madera en determinadas superficies en contacto con alimentos o métodos tradicionales de producción. También recoge la posibilidad de flexibilizar los sistemas de autocontrol de estos establecimientos, de acuerdo con las recomendaciones de la Comisión Europea.
Con la publicación de esta norma se simplifica la normativa nacional aplicable a los establecimientos de comercio al por menor de alimentos, que queda recogida en este real decreto, complementándose con algunas medidas establecidas en el Real Decreto 1086/2020, como son los requisitos aplicables a la elaboración de comidas preparadas o el uso de leche cruda.