La preocupante situación de la nueva tramitación electrónica de residuos
Desde el 1 de septiembre es obligatorio emplear el procedimiento electrónico de traslado de residuos e-SIR. La puesta en marcha de esta tramitación electrónica es necesaria por el interés de trazar los residuos desde sus puntos de producción hasta los de tratamiento final y tiene grandes repercusiones tanto para los productores como para los gestores. Sin embargo, esta plataforma no está suficientemente operativa por su falta de capacidad de tramitación, continuos errores y dificultad de uso. Todo ello hace extremadamente complicado realizar los trámites digitales que establece la legislación, lo que genera inseguridad jurídica e incumple los objetivos de la norma.
Luis Palomino
Secretario general de la Asociación de Empresas Gestoras de Residuos y Recursos Especiales (ASEGRE)
En junio de 2020 el Boletín Oficial del Estado publicaba el Real Decreto 553/2020, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado. Esta normativa precisa algunos aspectos del procedimiento establecido en el anterior Real Decreto 180/2015 y garantiza una coherencia del régimen de traslado de residuos con el reglamento europeo. Con esta nueva normativa se busca mejorar la trazabilidad de los traslados desde el lugar de origen del residuo hasta el destino final, asegurando un correcto
tratamiento del mismo. Asimismo, clarifica la tramitación electrónica y facilita la vigilancia y el control de los traslados por parte de las autoridades competentes.
Todo esto llegaba después de que la Comisión Europea recomendara mejorar los instrumentos de información y trazabilidad de la
gestión de los residuos. A lo que se sumó la Fiscalía de Medio Ambiente y sus peticiones de información relacionadas con accidentes en instalaciones de tratamiento de residuos.
Un año después, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico publicó un oportuno documento con preguntas frecuentes sobre el traslado de residuos con el objetivo de aclarar ciertos aspectos y cuestiones habituales sobre este Real Decreto.
El documento incluye respuestas a cuestiones sobre el ámbito de aplicación, el operador del traslado, el contrato de tratamiento, la notificación previa y el documento de identificación. Este documento llegaba en un importante momento porque se estaba desarrollando el procedimiento electrónico de traslado de residuos e-SIR. La puesta en marcha de esta tramitación electrónica tiene grandes repercusiones tanto para los productores como para los gestores, ya que afecta a los traslados de residuos sometidos a notificación previa. En un principio, esta tramitación iba a ser obligatoria a partir del 1 de julio pero se tuvo que retrasar al 1 de septiembre por los problemas técnicos existentes.
A pesar de este tiempo adicional, el pasado 1 de septiembre continuaba el mal funcionamiento de la tramitación electrónica. Y no es un asunto menor porque el objetivo de este procedimiento electrónico es poder trazar los residuos desde sus puntos
de generación a los de tratamiento para asegurar el tratamiento más adecuado a sus características. La digitalización de este proceso es, por tanto, la piedra angular para lograr una economía más circular.
Artículo publicado en el Nº82 Julio – Septiembre 2021