Aprobado el dictamen del Proyecto de Ley de residuos y suelos contaminados que será debatido en Pleno la próxima semana
Ayer la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico aprobaba, con 20 votos a favor, 6 en contra y 11 abstenciones, el dictamen del Proyecto de Ley de residuos y suelos contaminados, que superó su primer trámite parlamentario, el debate de totalidad, el pasado 24 de junio. El texto aprobado incluye el informe de la ponencia y las enmiendas acordadas en Comisión.
Durante la sesión, se ha debatido el informe de la ponencia y las enmiendas que se mantuvieron vivas para su debate en comisión. De este modo se han incorporado al dictamen las 18 enmiendas transaccionales acordadas por los grupos parlamentarios. El resto de enmiendas han quedado rechazadas.
A través de esta iniciativa se incorporan a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva (UE) 2018/851 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 2008/98/CE sobre los residuos, que revisa algunos artículos de la Directiva Marco de residuos, y las principales obligaciones de la Directiva (UE) 2019/904 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, relativa a la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente, conocida como la Directiva sobre plásticos de un solo uso.
De igual forma, este nuevo texto normativo actualiza ciertos aspectos de la Ley de residuos y suelos contaminados del año 2011, como la delimitación de la responsabilidad del productor del residuo, la aplicación de los conceptos de subproducto y fin de la condición de residuo, la actualización del régimen sancionador y el refuerzo de la recogida separada.
En su exposición de motivos, el Gobierno sostiene la necesidad de esta actualización normativa para «sentar los principios de la economía circular a través de la legislación básica en materia de residuos, así como contribuir a la lucha contra el cambio climático y proteger el medio marino». Esta norma tiene por objeto regular el régimen jurídico aplicable «a la puesta en el mercado de productos en relación con el impacto en la gestión de sus residuos»; a la «prevención, producción y gestión de residuos, incluyendo el establecimiento de instrumentos económicos»; y a «los suelos contaminados».
Restricciones a los plásticos de un solo uso
Esta norma recoge, por primera vez en la legislación española, limitaciones a los plásticos de un solo uso. Así, se introducen medidas para la reducción del consumo de estos productos, que deberá ser en 2026 del 50 % en peso, con respecto a 2022; y en 2030, del 70 % en peso, con respecto a 2022. Están sujetos a esta reducción los vasos para bebidas, incluidos sus tapas y tapones, y los recipientes para alimentos. Para cumplir con estos objetivos, la ley establece que «todos los agentes implicados en la comercialización fomentarán el uso de alternativas reutilizables o de otro material no plástico». Además, a partir del 1 de enero de 2023, se deberá cobrar un precio por cada uno de los productos de plástico.
Esta norma también introduce el impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables, un tributo de naturaleza indirecta. Estarán sujetas a este gravamen la fabricación, la importación o la adquisición intracomunitaria de estos productos, a excepción de cuando se trate de medicamentos, productos sanitarios, alimentos para usos médicos especiales o preparados para lactantes de uso hospitalario. La base imponible del impuesto estará constituida por la cantidad de plástico no reciclado presente en el envase, que se gravará con 0,45 euros por kilogramo.
De igual manera, la ley también prohíbe, a partir del 3 de julio de 2021, la introducción en el mercado de productos de plástico como bastoncillos de algodón, pajitas (con ciertas excepciones), cubiertos, platos, agitadores de bebidas, palitos destinados a sujetar globos, recipientes para alimentos y bebidas de poliestireno expandido, todos los productos de plástico oxodegradable y las microesferas de plástico de menos de 5 mm.
Como complemento a la normativa europea, esta ley también determina que, en relación con ciertos productos de plástico no compostable, como bandejas, artículos monodosis, anillas de plástico y palitos de plástico usados por el sector alimentario, los agentes comercializadores deberán impulsar su sustitución por alternativas reutilizables y otros materiales tales como plástico compostable, madera, papel o cartón.
Prevención en la generación de residuos
Este proyecto de ley marca un calendario de prevención de residuos, según el cual se deberá reducir el peso de los residuos producidos en un 13 % para 2025 y en un 15 % para 2030, respecto a los generados en 2010. Para ello, el texto encomienda a las autoridades competentes la adopción de medidas para prevenir la generación de residuos, como el fomento de productos que sean eficientes, duraderos y reparables; fomento de la reutilización de los productos y componentes de producto; reducción de la generación de residuos en la producción industrial y alimentaria; reducción del contenido de sustancias peligrosas; freno a la generación de basura dispersa en el medio marino; y apoyo campañas informativas de sensibilización sobre la prevención de residuos, entre otras medidas.
En este sentido, el texto introduce el impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos, «un tributo de carácter indirecto que recae sobre la entrega de residuos en vertederos, instalaciones de incineración o de coincineración para su eliminación o valorización energética».
Recogida separada de residuos y reciclaje
Por otra parte, el artículo 25 de este proyecto de ley prevé la implantación de nuevas recogidas separadas de residuos, para biorresiduos domésticos, antes del 31 de diciembre de 2021 para las entidades locales con más de 5.000 habitantes, y antes del 31 de diciembre de 2023 para el resto de municipios. De igual manera, se deberá implementar, antes del 31 de diciembre de 2024 la recogida de residuos textiles, de aceites de cocina usados, de residuos domésticos peligrosos y de residuos voluminosos.
El texto también regula la eliminación de los residuos, que deberá llevarse a cabo de manera segura, y en el caso del depósito en vertedero, tras haber sido sometidos a un tratamiento previo. Además, prohíbe la destrucción de «excedentes no vendidos de productos no perecederos tales como textiles, juguetes, aparatos eléctricos, entre otros, salvo que dichos productos deban destruirse conforme a otra normativa».
Suelos contaminados y agua no envasada
En relación con la regulación de los suelos contaminados, este proyecto de ley mantiene el régimen jurídico anterior en cuanto a las actividades potencialmente contaminantes de los suelos, el procedimiento de declaración de suelos contaminados a los inventarios autonómicos y estatal de declaraciones de suelos contaminados, así como la determinación de los sujetos responsables de la descontaminación y recuperación de los suelos contaminados. Como novedad, la norma introduce el Inventario Estatal de Descontaminaciones Voluntarias de Suelos Contaminados, que «será alimentado por los registros de las comunidades autónomas sobre recuperaciones y descontaminaciones voluntarias».
Por otra parte, la norma, con el objeto de «reducir el consumo de envases de un solo uso», establece que las «administraciones públicas fomentarán el consumo de agua potable en sus dependencias (…) mediante el uso de fuentes».
De igual forma, determina que en «los establecimientos del sector de la hostelería y restauración se tendrá que ofrecer siempre a los consumidores (…) la posibilidad de consumo de agua no envasada de manera gratuita».
Fase en ponencia
Durante su tramitación en ponencia, los grupos parlamentarios han presentado 742 enmiendas, de las cuales se han incorporado al informe la enmienda 108, de los grupos parlamentarios Socialista y Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, que establece que el titular del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico elaborará estrategias y planes en materia de economía circular; la enmienda 110, de los mismos grupos parlamentarios, para que las medidas de las autoridades para reducir residuos sean sostenibles y circulares; y la enmienda 111, que prohíbe la utilización de ftalatos y bisfenol A en envases.
La enmienda 115, de los grupos parlamentarios Socialista y Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, también fue aceptada en la fase de ponencia. Esta modificación establece que las entidades locales establecerán la recogida separada de los biorresiduos de origen doméstico antes del 30 de junio de 2022 para las entidades locales con población de derecho superior a cinco mil habitantes, y antes del 31 de diciembre de 2023 para el resto.
En este sentido, los miembros de la ponencia también dieron luz verde a la enmienda 116 de los mismos grupos parlamentarios, que dispone que en el caso de los biorresiduos, el
porcentaje máximo de impropios permitido será del 20 % desde 2022 y del 15 % desde 2027, un porcentaje que podrá ser reducido mediante orden ministerial.
En la fase de ponencia también se aprobó que para 2035, el porcentaje de residuos municipales recogidos separadamente sea como mínimo del 50 % en peso del total de residuos municipales generados, a través de la enmienda 117 de los grupos parlamentarios mencionados anteriormente.
También quedaron aprobadas, entre otras, las enmiendas 230, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), para que el Gobierno apruebe, actualice y publique una lista de actividades potencialmente contaminantes de los suelos; 355, del Grupo Parlamentario Republicano, que dispone que las personas físicas o jurídicas que hayan sido sancionadas por incumplir esta ley no reciban subvenciones ni ayudas de la administración pública competente hasta que cumplan la sanción y hayan reparado los daños ambientales causados; 425, de Más País-Equo, partido adscrito al Grupo Parlamentario Plural, que prohíbe fumar en las playas a partir de la entrada en vigor de la norma.
Asimismo, la Ponencia aceptó introducir en el texto legislativo diversas enmiendas transaccionales acordadas entre los grupos parlamentarios.
Tramitación parlamentaria
Tras el rechazo de la enmienda a la totalidad impulsada por el Grupo Parlamentario Vox, que pedía la devolución del texto al Gobierno, el proyecto de ley se remitió a la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico, en cuyo seno se formó la Ponencia encargada de ver esta iniciativa.
La comisión ha debatido el informe de la ponencia que, junto con las enmiendas de los grupos parlamentarios que en su caso se incorporen, constituye el dictamen que será elevado al Pleno tras la solicitud de avocación presentada por el Grupo Republicano y aprobada por 270 votos a favor, 64 en contra y 10 abstenciones.
El Reglamento del Congreso señala que una norma puede ser aprobada antes de remitirse a la Cámara Alta por una comisión con competencia legislativa plena. Si bien, y de acuerdo con el artículo 149 del Reglamento, el Pleno puede «recabar para sí la deliberación y votación final de los proyectos y proposiciones de ley».
Por este motivo, y tras la aprobación de la propuesta de avocación, el Dictamen aprobado por la comisión correspondiente será elevado al Pleno para su debate y votación, antes de remitirse al Senado para continuar con su tramitación parlamentaria.