Los productores se responsabilizarán de la gestión y recogida de pilas y acumuladores
30 de julio de 2010
La modificación del Real Decreto anterior sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos obliga al productor a hacerse cargo de la recogida y gestión de la misma cantidad y tipo de pilas, acumuladores y baterías usados (pilas botón y estándar, acumuladores portátiles, baterías de automoción e industriales y otros tipos) puestas en el mercado para su venta al usuario final en territorio español, cualquiera que haya sido la modalidad de venta.
Los productores de pilas o acumuladores portátiles que se hayan usado y se consideren peligrosos deberán asegurar el cumplimiento de las obligaciones, mediante su traslado al mercado a través de un sistema de depósito, devolución y retorno, mediante un sistema integrado de gestión que contribuya a la consecución de los objetivos ecológicos y otras obligaciones previstos en esta norma, o a través de un sistema público de gestión. En el caso que los fabricantes se decidan por un sistema integrado de gestión, habrán de garantizan su financiación con la donación de una cantidad por cada pila, acumulador o batería que se lance al mercado y deban recoger y gestionar.