La Ley de Residuos penalizaría a la sanidad privada al no existir alternativa de reciclado sanitario en España
La Alianza de la Sanidad Privada Española (ASPE), que representa a más del 80% de los centros hospitalarios privados, considera que la propuesta de Ley de Residuos y Suelos Contaminados en tramitación parlamentaria es actualmente inasumible para el sector sanitario español, público y privado. En esta línea, ASPE ha presentado una propuesta de enmienda a los portavoces parlamentarios de la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico en la que solicita que el tratamiento de residuos sanitarios, que por su riesgo biológico no son reciclables, sea incluido en el artículo 89 de exenciones al Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración que plantea la futura ley.
La memoria justificativa del Texto Normativo es la Directiva 2018/851, del Parlamento Europeo y del Consejo, cuyo fin es la prevención y el reciclado de residuos y la aplicación de la jerarquía de residuos mediante instrumentos económicos. Sin embargo, esto solo sería posible si en España hubiese una red efectiva de incineradoras o coincineradoras que prestasen este servicio en todas las Comunidades Autónomas.
En la actualidad, y como se ha podido comprobar durante la pandemia con la gestión de los residuos sanitarios generados, no existe una red de infraestructuras que dé una alternativa satisfactoria y razonable al vertido en España, por lo que el efecto disuasorio actualmente no podría tampoco aplicarse.
La proposición de ley hace referencia también al informe de recomendaciones de la Comisión Europea (European Commission. 2012. ‘Use of economic instruments and waste management performances’) que sugiere “la instauración de un impuesto nacional al vertido de residuos municipales”. La concepción y la sugerencia de este impuesto por parte de las instituciones europeas no contempla la inclusión de residuos sanitarios peligrosos.
La memoria justificativa aborda además la necesidad de combatir el denominado ‘turismo de residuos’. Tal y cómo se ha explicado previamente, no en todas las CCAA españolas hay incineradoras o coincineradoras donde llevar los residuos sanitarios, y las que hay tampoco pueden absorber la gestión del volumen de todos los residuos generados. En muchos casos, se deberían desplazar a otras regiones, con un tratamiento previo y autorizaciones adicionales que incrementan el coste. Así, la premisa de la lucha contra el ‘turismo de residuos’ en el caso de residuos sanitarios tampoco es viable.
Impacto negativo de un impuesto circular
Según el ‘Informe Anual del Sistema Nacional de Salud, 2019’ publicado por el Ministerio de Sanidad en 2021, el gasto sanitario público asciende a 77.404 millones de euros, un 70’5% del gasto sanitario total, suponiendo el gasto sanitario privado un 29’5%. Por lo tanto, y a falta de datos consolidados del sector de residuos sanitarios peligrosos, se puede deducir que la proporción de generación de residuos es proporcional, debido al vínculo entre gasto, recursos y residuos.
Nos encontraríamos por tanto ante un tributo circular, desde la Administración y con aplicación principal a la Administración, que se traduciría en repercusiones negativas que es preciso advertir: De un lado, el trasvase económico que supondría de unas CCAA, sin incineradoras, a otras que sí las tuvieran, ya que no todas ellas cuentan con los centros de incineración, ya sean de titularidad pública o privada. Y, por otro, con que la gestión del impuesto conlleva, como cualquier otro gravamen, una carga administrativa y unos costes de gestión para la propia Administración.
El Sector Público sería por consiguiente uno de los más afectados por este ‘auto-tributo’ contemplado en la nueva Ley de Residuos. Esto derivaría en repercusiones graves por sus gastos de gestión y económicos, ya que no existen alternativas efectivas actuales para el tratamiento de residuos sanitarios en centros de incineración.