Tres expertos analizan cómo afecta el nuevo Código Penal a las empresas del sector del reciclaje
Los pasados 16 y 17 de junio tuvo lugar la 14ª edición del Congreso Nacional de la Recuperación y el Reciclado organizado por FER en Ifema, el evento anual de la federación donde se desarrollaron diversas conferencias, mesas redondas y jornadas técnicas para analizar la situación actual del sector. ‘El nuevo Código Penal e implicaciones directas sobre nuestro sector’ fue una de las mesas redondas que acogió el Congreso y en la cual se expusieron los principales cambios que ha introducido la normativa en nuestro país.
Con la directora general de FER, Alicia García-Franco, como moderadora, Sergio Salcines, presidente de la Asociación de Cumplimiento Normativo, Jacobo Teijelo, de Teijelo Abogados y Ángel Valdés, socio senior de Lupicinio Abogados fueron los integrantes de esta mesa redonda y quienes analizaron las principales modificaciones de la normativa y cómo afectan éstas a las empresas. Todos los expertos hicieron hincapié en la importancia de que todas las empresas tengan un conocimiento básico del cumplimiento normativo y, por tanto, de las modificaciones que se han llevado a cabo en el código penal para poder abordar con éxito cualquier asunto que se pueda ver implicado en estos temas.
Ángel Valdés, fue el encargado de abrir esta mesa redonda analizando cómo trasladar las modificaciones del código penal a cada empresa ya que, en palabras del socio senior de Lupicinio Abogados, “son muchas las peculiaridades y problemas concretos del día a día de este sector que lo diferencian de otros sectores industriales”. Valdés afirmó que el concepto de prevención de riesgos penales, “es una parte de la ‘tarta’ del cumplimiento normativo” aunque el experto analizó la parte que afecta a la materia penal.
En este sentido, aseguró que el origen en esta materia se encuentra en EE UU, donde se llevaron a cabo una sucesión de normas tras salir a la luz el escándalo del Watergate. En Europa, continuó, el escándalo Enron tuvo como consecuencia la Sarbanes-Oxley act of 2002, la cual dio lugar al desarrollo de normas a nivel europeo.
“Los modelos de prevención de riesgos penales son voluntarios y es el Código Penal el que da la posibilidad a las empresas de tenerlos. Nos son obligatorios pero son recomendables”, aseguró Valdés y añadió que, en la normativa española, se introdujo en el Código Penal por la Ley 5/2010 la cual fue reformada por la Ley 1/2015. En esta línea, habló sobre el artículo 31 bis sobre imputar delitos a personas jurídicas y, en materia de la exención penal, habló de los requisitos para la prevención de delitos de los representantes penales y de los mandos intermedios (directivos y trabajadores). Asimismo, analizó los requisitos que deberían cumplir los modelos de organización y gestión, de la circular 1/2016 de la Fiscalía General del Estado y de las sentencias, así como de la responsabilidad por delitos cometidos por terceros.
Por su parte, el presidente de la Asociación de Cumplimiento Normativo, Sergio Salcines, habló sobre el cumplimiento normativo ya que, según aseguró, “es fundamental conocer qué es esto del mundo del cumplimiento normativo, por qué es necesario contar con profesionales en la materia dentro de las organizaciones, casos prácticos y sentencias en la industria y cómo abordar con éxito un modelo de implantación de compliance en las organizaciones”.
Salcines señaló que se han aumentado los regímenes sancionadores y, en el contexto actual en España, el sector no destaca por estar muy avanzado en el tema del cumplimiento normativo. “El cumplimiento en España no se caracteriza por ser un activo empresarial. La prevención de riesgos penales pasa porque el empleado no cometa delitos y, para ello, tiene que saber todas las normas. Hay poca inquietud en los órganos de Administración, en RR HH, en Auditoría Interna y en los Stakeholders”, informó. Además, señaló que la cultura del cumplimiento se crea, se mide y se acredita y, en España, aún estamos en la primera fase: en la creación. “Otra máxima de España es que no sancionamos el incumplimiento y hay que sancionarlo. Espero que en unos años se empiecen a tomar medidas en este aspecto”, reivindicó.
Finalmente la ponencia de Jacobo Teijelo, de Teijelo Abogados, representó, en palabras del abogado, “un traje a medida para empresas del sector”, pues trató específicamente sobre la visión del código penal desde el punto de vista de una de las empresas de la federación, de modo que trató de “la detección y cuantificación de las posibilidades o probabilidades de producción de hechos delictivos por las empresas del sector”.