GENCI se adelanta en casi siete meses a la fecha límite para solicitar la autorización para operar en toda España
Eduardo de Lecea, director general de GENCI y de SIGAUS
14/06/2023A mitad de año hacemos una reflexión de cómo se está avanzando desde España con los planes de acción de economía circular, uno de los principales elementos del Pacto Verde Europeo.
En enero comenzó a aplicarse el impuesto especial sobre los envases de plástico de un solo uso. Unos meses más tarde, en marzo, comenzaron las primeras obligaciones para las empresas que utilizan envases comerciales e industriales a la hora de poner sus productos por primera vez en el mercado español. Estas obligaciones vienen derivadas del Real Decreto 1055/2022 de Envases y Residuos de Envases, una norma que revisa en profundidad la anterior legislación y que, entre otros puntos, extiende el régimen de Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP) a los envases comerciales e industriales, hasta ahora exentos.
Las nuevas obligaciones se pueden dividir en cuatro bloques: diseño y marcado de envases, Información, RAP y Sistemas de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR).
En este primer año, las empresas han de enfrentarse a las obligaciones que están relacionadas con el suministro de información a la Administración. Para ello, el primer trámite es la inscripción en el Registro de Productores de Producto (RPP), un paso de gran importancia, pues todas aquellas empresas que envasan o importan un producto utilizando para ello envases comerciales o industriales (independientemente de su sector, naturaleza, formato, material o vida útil) tendrán que indicar, en sus facturas, el número que acredita su registro para poder seguir operando.
Pero las obligaciones de información no acaban con la inscripción en el RPP. También tienen que ver con el reporte de la puesta en el mercado: durante el segundo y tercer trimestre de este año todas las empresas que comercializan sus productos en envases han de indicar la cantidad y tipología de envases que han utilizado para ponerlos en el mercado durante los años 2021 y 2022, respectivamente. A partir de 2024, estas declaraciones, de carácter retroactivo, se habrán de realizar en el primer trimestre de cada año.
En 2025, hay otra obligación que afecta directamente a los envases comerciales e industriales: la aplicación de la RAP. A partir de entonces, las empresas tendrán que garantizar y financiar la gestión de los residuos de sus envases. 2025 es, por tanto, una fecha clave para las empresas afectadas por la norma, pero también lo es para los sistemas colectivos de RAP (SCRAP) que garantizamos su cumplimiento, como lo es GENCI.
GENCI es un sistema de RAP que lleva más de dos años operando en Baleares, donde contamos con el 76% del mercado de envases comerciales e industriales de lubricante. No podemos olvidar que GENCI surge de SIGAUS (el SCRAP referente en España en la gestión de los aceites industriales), como una rápida respuesta a sus empresas adheridas que se vieron afectadas por la ley balear 8/2019, la primera legislación en España en aplicar la RAP a los envases comerciales e industriales. El hecho de poder apoyarnos en SIGAUS ha sido una de las bases de nuestro crecimiento, pues no es sólo un sistema totalmente consolidado en el territorio balear, sino que nos ha permitido ver las sinergias entre ambos sistemas. Un ejemplo de esto ha sido cómo hemos pasado de ser un sistema “de nicho” (que gestionaba inicialmente los residuos de envases del sector petroquímico), a convertirnos en uno multisectorial.
GENCI “no solo respeta la operativa de nuestros adheridos (y de sus clientes), sino que cuenta con otra ventaja añadida: no exigimos cuota de adhesión”, subraya Eduardo de Lecea.
Una vez publicado el RD 1055/2022 (y extendida, por tanto, la RAP a los envases comerciales e industriales en todo el territorio nacional), apostamos por escalar el modelo para dar servicio en toda España. Para ello, el 25 de mayo solicitamos la autorización para gestionar los residuos de este tipo de envases en el ámbito nacional.
Hay que tener en cuenta que, si bien la norma tiene unos plazos específicos de aplicación, también hay unas fechas para realizar los diferentes trámites a la hora de constituir los sistemas (ya sean colectivos o individuales) con los que dar respuesta a las nuevas obligaciones. En el caso de los SCRAP, el plazo para solicitar la autorización de operaciones en toda España se extiende a finales de 2023. Nosotros la presentamos en mayo, es decir, casi siete meses antes de la fecha límite.
¿Cómo hemos podido ser tan ágiles a la hora de presentar la solicitud? Porque GENCI es un sistema que lleva casi dos años operando en Illes Balears, y porque se basa en un modelo (como es el de SIGAUS) plenamente consolidado y que se caracteriza por su eficiencia y sus más de 16 años de experiencia en la gestión de este residuo. Esta doble experiencia con la que contamos en la gestión tanto del residuo industrial (desde SIGAUS, dando servicio en toda España) como de los envases comerciales e industriales (desde GENCI, dando servicio en el ámbito balear), nos ha permitido obtener importantes aprendizajes, como que la operativa de los residuos de envases se parece más a la del residuo industrial que a la de los residuos de envases domésticos.
GENCI es un SCRAP que, una vez obtenida la autorización para operar en todo el territorio nacional, dará servicio —al igual que ya lo está haciendo en el entorno balear— a todas las empresas afectadas por la norma de envases y residuos de envases, independientemente de su sector de actividad y de la naturaleza, formato, material o vida útil del envase comercial o industrial.
De las obligaciones que tienen las compañías acerca de la gestión de los residuos de sus envases comerciales e industriales, y de cómo podemos —desde GENCI— ayudarles a cumplir con la norma, estuvimos hablando con muchas empresas en la pasada edición de Expoquimia. Este evento, celebrado hace unas semanas en Barcelona, ha sido un entorno de excepción desde el que presentamos cómo funciona nuestro SCRAP, un sistema que no sólo respeta la operativa de nuestros adheridos (y de sus clientes), sino que cuenta con otra ventaja añadida: no exigimos cuota de adhesión.