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Ganvam responde a las dudas habituales de los talleres:

¿Qué garantía tienen las reparaciones que realizan los talleres?

Redacción Interempresas01/04/2014

¿Sabe el taller con exactitud qué garantía tienen sus reparaciones? ¿Qué debe decir al cliente al ser preguntado por este tema tan recurrente? Para resolver esta cuestión y otras dudas frecuentes, la Asociación Nacional de Vendedores de Vehículos a Motor, Reparación y Recambios (Ganvam) da respuesta a través de su libro 'Las 194 preguntas fundamentales del sector automoción y las soluciones de Ganvam'.

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En la actualidad, tanto el automovilista que deja su vehículo en el taller como los profesionales de la posventa deben saber que las reparaciones o instalaciones que se lleven a cabo en un coche tienen una garantía de tres meses ó de dos mil kilómetros recorridos, excepto en el caso de los vehículos industriales, que son menos días, quince en concreto, manteniendo eso sí, la cifra de los dos mil kilómetros.

No obstante, es necesario aclarar también que las piezas incorporadas en una reparación tienen este plazo de garantía, salvo que tengan una garantía ampliada del proveedor de la pieza.

Así, cuando se realiza una reparación no se están vendiendo piezas, sino prestando un servicio de reparación, por lo que no es de aplicación el plazo de garantía que rige en la venta de bienes (dos años o un año previo pacto con el cliente si es usada).

Pero… ¿qué se entiende por garantía? De acuerdo con el departamento jurídico de Ganvam, se refiere a la garantía total, es decir, incluyendo el material, la mano de obra, impuestos, transporte, etc. Aunque en ocasiones, puede ocurrir que durante la reparación aparezcan nuevos daños no presupuestados que siembren nuevas dudas en el profesional. ¿Qué hacer?...

Como siempre, el profesional deberá comunicarlo al usuario inmediatamente y, sólo con su conformidad expresa, proceder a la reparación total. Si no se obtiene la autorización, el taller deberá hacerlo constar por escrito en la factura para no tener problemas después en el caso de que le reclamen la garantía.

Así, según el Real Decreto 1457/1986, se establece que el profesional no tendrá por qué responsabilizarse de averías que puedan suceder una vez que el cliente, informado de nuevas anomalías, no haya aceptado su arreglo, a pesar de que el taller haya hecho constar su necesidad de reparación en la factura para asegurar el correcto funcionamiento del vehículo.

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Ganvam - Asociación Nacional de Vendedores de Vehículos a Motor, Reparación y Recambios

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