Opinión Info Opinión

Compensar pérdidas de una empresa del grupo con beneficios de otra

La normativa tributaria ofrece la posibilidad de tributar como una única sociedad a las empresas del grupo

Alex L. Iturriza
Norgestión.bi@norgestion.com
01/06/2006
Es la denominada tributación de grupos o régimen de consolidación fiscal. Se trata de un régimen voluntario, por medio del cual un grupo de sociedades puede tributar como una única empresa con las ventajas que de ese régimen se pueden derivar.
La denominación de grupo “fiscal” implica cumplir una serie de requisitos entre los que destacamos que exista una sociedad dominante y una o varias dependientes, entendiendo por estas últimas aquellas que estén participadas por la dominante, directa o indirectamente, en al menos un 75 por ciento del capital social.

Este régimen especial consiste en tributar todas las sociedades que forman el grupo como un único sujeto pasivo. La base imponible del grupo está determinada por la suma de bases imponibles de cada una de las sociedades que forman el grupo. Es aquí donde se compensan los beneficios obtenidos por aquellas empresas que tienen beneficios con las que tienen pérdidas. El efecto fiscal de la compensación de bases es inmediato y no es necesario esperar a que la empresa en pérdidas remonte el vuelo y consiga tener beneficios para compensar con las mencionadas pérdidas.

Se ha planteado recientemente una consulta al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas en relación a la posibilidad de compensar las pérdidas de filiales situadas en otros estados miembros. Este tribunal considera que sí son compensables siempre y cuando se hayan agotado las posibilidades de compensación en su país de residencia (en el país de la filial con pérdidas) en ejercicios futuros respecto de ella misma o de un tercero, en especial, en el caso de cesión de la filial a éste.

En cuanto a la aplicación de otros créditos fiscales (deducciones por inversiones, I+D+i, etc.) también se beneficia el grupo de los generados por las empresas individualmente.

Por otro lado, desde un punto de vista formal, la sociedad dominante tiene la representación del grupo fiscal.

La sociedad dominante y las dependientes están igualmente sujetas a las obligaciones tributarias que se derivan del régimen de tributación individual, excepción hecha del pago de la deuda.Por último, se debe señalar que el régimen especial de consolidación se aplica cuando así lo acuerden todas y cada una de las sociedades que deban integrar el grupo. Así mismo, ejercitada la opción, el grupo fiscal queda vinculado a este régimen de forma indefinida durante los períodos impositivos siguientes, mientras no se renuncie a su aplicación a través de la correspondiente declaración censal.

La sociedad dominante comunica a la Administración Tributaria los acuerdos citados, comunicación que debe realizarse antes del inicio del período impositivo en que sea de aplicación este régimen.

Comentarios al artículo/noticia

Deja un comentario

Para poder hacer comentarios y participar en el debate debes identificarte o registrarte en nuestra web.

Suscríbase a nuestra Newsletter - Ver ejemplo

Contraseña

Marcar todos

Autorizo el envío de newsletters y avisos informativos personalizados de interempresas.net

Autorizo el envío de comunicaciones de terceros vía interempresas.net

He leído y acepto el Aviso Legal y la Política de Protección de Datos

Responsable: Interempresas Media, S.L.U. Finalidades: Suscripción a nuestra(s) newsletter(s). Gestión de cuenta de usuario. Envío de emails relacionados con la misma o relativos a intereses similares o asociados.Conservación: mientras dure la relación con Ud., o mientras sea necesario para llevar a cabo las finalidades especificadasCesión: Los datos pueden cederse a otras empresas del grupo por motivos de gestión interna.Derechos: Acceso, rectificación, oposición, supresión, portabilidad, limitación del tratatamiento y decisiones automatizadas: contacte con nuestro DPD. Si considera que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente, puede presentar reclamación ante la AEPD. Más información: Política de Protección de Datos

REVISTAS

VÍDEOS DESTACADOS

  • Loroch TWIN 860

    Loroch TWIN 860

  • Superficies de la mejor calidad con las plaquitas de torneado Cermet

    Superficies de la mejor calidad con las plaquitas de torneado Cermet

TOP PRODUCTS

NEWSLETTERS

  • Newsletter Metal

    21/11/2024

  • Newsletter Metal

    19/11/2024

ENLACES DESTACADOS

Industry LIVENebext - Next Business Exhibitions, S.L. - Advanced Machine ToolsFundación Ficoba

ÚLTIMAS NOTICIAS

EMPRESAS DESTACADAS

OPINIÓN

OTRAS SECCIONES

SERVICIOS