Novedades sobre el reciente Reglamento Europeo de Biocidas
Según este reglamento, el acceso al mercado de los productos biocidas se basa en un procedimiento de dos pasos: por un lado, la sustancia activa que se va a utilizar en un biocida deberá ser aprobada (y evaluada positivamente en términos de eficacia y seguridad) en el tipo de producto correspondiente a nivel europeo; y por otro, el producto biocida requiere una autorización a nivel nacional o de la UE antes de que se pueda comercializar.
El BPR se aplicó a 22 tipos de productos biocidas diferentes, de los cuales Cleanity trabaja principalmente en 3: por un lado, en aquellos biocidas empleados para desinfectar la piel o el cuero cabelludo; también en aquellos productos empleados para la desinfección de superficies, materiales y equipos que no se utilizan en contacto directo con alimento o piensos; y, por último, en los productos empleados para la desinfección de equipos, recipientes, utensilios, superficies o tuberías relacionados con la producción, transporte, almacenamiento o consumo de alimentos para personas y animales.
Como novedad, todos los productos con hipoclorito tendrán que estar registrados antes del 1 de enero de 2019, así como los productos con ácido peracético que ya se registraron en noviembre de 2017.
De acuerdo con la nueva normativa, todos los biocidas pueden comercializarse solo si el proveedor de la sustancia o del producto está incluido en la lista del articulo 95 correspondiente a sustancias activas y proveedores.
Todos los productos biocidas comercializados y registrados de acuerdo al procedimiento existente antes de la BPR podrán seguir comercializándose durante un máximo de tres años a partir de la fecha de aprobación de la última sustancia activa contenida en ese biocida y cuando se le haya presentado un dossier para la autorización del producto.