Asaja Murcia apoya el nuevo sistema de contratos obligatorios en el sector lácteo
02 de febrero de 2011
La leche recogida sobre la base del contrato firmado deberá ser pagada cumpliendo con la vigente Ley de Morosidad, es decir, antes de 30 días. Desde Asaja Murcia “entendemos, a este respecto, que es imprescindible establecer un régimen sancionador que permita garantizar la obligatoriedad de las relaciones contractuales y el cumplimiento de sus términos”. Por otro lado, en el proyecto de Decreto tampoco se especifica el plazo con el que la industria compradora debe avisar para efectuar la rescisión del contrato, que Asaja Murcia estima que debe fijarse en un mínimo de 90 días, con el fin de proporcionar al productor la posibilidad de establecer contratos con otras industrias.
En este sentido, esta organización profesional agraria y en palabras de Alfonso Gálvez Caravaca cree “firmemente que este modelo debe extenderse al conjunto de los sectores agrícolas y ganaderos, poniendo en marcha contratos obligatorios con precios referenciados”.
En lo que respecta a la Interprofesional Láctea (Inlac), Asaja Murcia apuesta por reforzar su papel, y que ésta sea la que realice las funciones de seguimiento, conciliación e información de las relaciones contractuales en el sector lácteo, desarrollando un modelo único de contrato y ejerciendo la función de mediador en los casos de conflicto a la hora de formalizar un contrato.
En esta línea, Asaja Murcia considera que la calificación de Organizaciones de Productores (OP) no debe ser objeto de este Real Decreto, ya que se trata de un tema horizontal. Además, las OP se han desarrollado en otros sectores, como el de frutas y hortalizas, quedando patente que la formación de estas figuras de gestión de comercialización no ha solucionado la problemática del sector. Por ello, desde Asaja Murcia se apuesta por el refuerzo del poder de negociación de los productores representados por los miembros de la Inlac.