Nueva regulación de plásticos en contacto con alimentos
3 de febrero de 2011
La futura normativa contiene cinco anexos, en los que se abordan los puntos siguientes:
* Lista de monómeros, otras sustancias de partida, macromoléculas procedentes de fermentación microbiana, aditivos y coadyuvantes de la fabricación.
* Límites de migraciones específica de metales (bario, cobalto, cobre, hierro, litio, manganeso y zinc).
* Simulantes de los alimentos: se incluye el etanol al 50% (v/v) que son emulsiones de aceites en agua (productos lácteos) y óxido de polifenileno modificado para las migraciones específicas en alimentos secos y/o deshidratados (azúcar, harina, sal, …).
* Contenido de la declaración de conformidad.
* Condiciones (tiempo/temperatura) de los ensayos de migración. En los almacenamientos de larga duración, se distingue entre tiempo inferior a 30 días, hasta 6 meses y superior a 6 meses, siendo las nuevas condiciones 10 d/40 °C, 10 d/50 °C y 10 d/60 °C, respectivamente.