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Las ayudas se pueden solicitar hasta el 1 de marzo de 2025

Publicadas las ayudas para renovación de maquinaria agrícola afectada por la DANA

Redacción Interempresas / Tierras30/12/2024

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) las bases reguladoras de la convocatoria de ayudas extraordinarias para la renovación de la maquinaria agrícola afectada por la DANA, con un presupuesto de 9,7 millones de euros, según la orden con las bases reguladoras, publicada el 24 de diciembre de 2024.

Estas ayudas forman parte del Plan de Respuesta Inmediata, Reconstrucción y Relanzamiento ante los efectos de la DANA puesto en marcha por el Gobierno de España, con un total de 444,5 millones de euros para el sector agroalimentario.

El plazo para la presentación de solicitudes será de dos meses, a contar desde la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BOE. Las personas interesadas en recibir la ayuda pueden iniciar ya el trámite previo necesario de la peritación de los daños, a través del teléfono gratuito 900 925 782. Después, será la empresa Tragsatec la que tramitará la presentación de solicitud de la ayuda en nombre de los interesados que cumplan los requisitos.

Extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 28 de diciembre de 2024: https://www.boe...

Extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 28 de diciembre de 2024:  https://www.boe.es/boe/dias/2024/12/28/pdfs/BOE-B-2024-47654.pdf

Los solicitantes deben ser titulares de las máquinas afectadas y estar en situación de alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA) con fecha de 28 de octubre de 2024. Los interesados pueden comprobar las máquinas que tienen a su nombre en la web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

La ayuda se calculará sobre la base de los daños totales incluidos en el informe de peritación, calculado en función del número total de solicitantes elegibles y de la disponibilidad presupuestaria destinada a la convocatoria. Además, la cantidad subvencionable podrá superar el importe de los daños tasados hasta un máximo del 150% por beneficiario.

La concesión de las subvenciones previstas se realizará en régimen de concesión directa. Estas ayudas son compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales, incluidas las que hayan podido percibir por el consorcio de compensación de seguros como resultado de su póliza de seguro.

Inscripción

Los beneficiarios se comprometen a adquirir e inscribir en el ROMA la maquinaria nueva en el plazo de un año desde que se reciba la ayuda. Para aquellas máquinas que puedan repararse este compromiso se sustituirá por la presentación ante la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios de una factura de reparación en el plazo también de un año.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación resolverá y publicará la resolución del procedimiento de concesión de estas ayudas en el plazo máximo de seis meses desde la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE.

Estas ayudas tienen por objeto proporcionar liquidez a los titulares de maquinaria agrícola afectada por la DANA. De esta manera podrán adquirir otro equipo o reparar el dañado para contribuir a la restauración del potencial productivo de la zona.

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Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

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