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A3e recuerda que su incumplimiento puede acarrear sanciones de hasta 60.000€

Menos de tres meses para realizar las auditorías energéticas

Redacción Interempresas28/10/2020

Javier Mañueco y Antonio López-Nava, presidente y gerente de A3E, respectivamente nos han explicado las claves del Real Decreto 56/2016 que obliga a las empresas de más de 250 trabajadores o más de 50 M€ de facturación y 43 M€ en activos, a hacer auditorías energéticas cada 4 años o implantar un Sistema de Gestión Energética. Su incumplimiento puede llevar a sanciones de hasta 60.000 € en cada comunidad autónoma.

A poco más de dos meses de la finalización del plazo para dar cumplimiento a la norma de esta 'segunda vuelta', David Muñoz, director del área de Construcción e Infraestructuras del Grupo Interempresas ha realizado una vídeo-entrevista al presidente y al gerente de A3e en la que resumen los aspectos más importantes del Real Decreto y ponen de manifiesto la importancia de la realización de auditorías, no solo para cumplir con la norma sino como primer paso para reducir costes energéticos, mejorar la competitividad de las empresas y contribuir a la lucha contra el cambio climático.

Durante la entrevista los responsables de A3e recordaron que, con el fin de informar a todas las personas interesadas, han abierto una nueva área en su web dedicada en exclusiva al Real Decreto 56/2016. Esta micro-site ofrece la información más relevante que deben conocer las empresas y en ella los interesados pueden resolver sus dudas, consultar documentos relacionados, o buscar empresas que le puedan ayudar a hacer la auditoría energética o implantar el Sistema de Gestión Energética.

Alcance y registro de las auditorías energéticas

Tal y como establece el Real Decreto, deben auditarse el 85% de los consumos energéticos totales de la empresa. Los datos fundamentales de las auditorías deben inscribirse en los registros habilitados por las comunidades autónomas para tal fin, acreditando de esta manera su realización. Las CCAA son a su vez responsables de inspeccionar y controlar el cumplimiento de la norma, pudiendo sancionar con multas de hasta 60.000 € (en cada comunidad autónoma).

Plazos para presentar las auditorías energéticas

Las auditorías energéticas deben realizarse cada 4 años (la primera debió llevarse a cabo en 2016 y la segunda en 2020). Como consecuencia del estado de alarma decretado el 14 de marzo por la situación derivada de la pandemia y el COVID-19, el plazo para dar cumplimiento al Real Decreto 56/2016, se ha prorrogado 78 días (duración de la suspensión de los plazos administrativos), para las empresas cuya fecha límite de cumplimiento fuera posterior al 14 de marzo de 2020.

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