ES395 - Estaciones de Servicio

pero un funcionamiento del mercado de la distribución de carburantes en libre competencia de todos los que participan en la cadena, con un marco de actuación estable y seguro, incluso podría favorecer, a medio plazo, un saneamiento sin influir demasiado en los precios del cliente. Por otra parte, no olvidemos que las cargas económicas y burocráticas para nuevos operadores y el consiguiente cierre de mercado también puede afectar a los precios. Desde la perspectiva legal, ¿qué riesgos o problemas plantea esta normativa para las pequeñas y medianas empresas del sector? (tanto operadores petrolíferos como estaciones de servicio) Las nuevas regulaciones implican una carga económica adicional a todos aquellos operadores que no consiguen el título de confiable, esencialmente por ser de nueva constitución o por no cumplir con los volúmenes anuales necesarios, es decir, precisamente las pequeñas y medianas empresas. En este caso, además, se añaden las cargas administrativas, de verse confrontados con una actualización al menos con carácter mensual de las garantías a prestar. Todavía no se han desarrollado los detalles de estas garantías, que se regularán a través de una Orden Ministerial. Todo ello tiene un efecto también sobre las estaciones de servicio las cuales, en un mercado más cerrado y más oligopolístico, tendrán menos ofertas de abastecimiento alternativas a precios competitivos. ¿Existen lagunas legales o puntos de inseguridad jurídica en esta normativa que puedan generar conflictos? Varios. Por un lado, los detalles de las regulaciones (como la forma de prestación de las garantías o el reconocimiento del título de operador confiable) se concretarán a través de Órdenes ministeriales posteriores. En una normativa tan técnica, el desarrollo es fundamental, por lo que nos podemos encontrar todavía con sorpresas a la hora de poner en práctica el nuevo sistema. También es importante destacar que la Administración jugará un papel esencial. Es la Administración la que otorga el título de operador confiable y mantiene y actualiza el registro correspondiente, la que ejecuta la garantía una vez hayan transcurrido tres meses y no se haya ingresado el IVA por la empresa obligada, o la que autorizará cada salida del producto de los depósitos tras verificación de la suficiencia de la garantía o del pago. Esta mayor intervención de la Administración pueden ser fuente de conflictos o inseguridades jurídicas. En el plano legislativo, los cambios en general no están planteados con la debida claridad y precisión que las regulaciones en materia fiscal precisarían. ¿Cree que esta normativa podría generar un entorno más transparente y justo para el sector en el futuro? (como señala la Administración) Si preguntamos a los pequeños operadores o aquellas empresas que están tramitando actualmente su alta como operador, claramente dirán que la norma no es justa. En lugar de controlar el fraude con más controles e inspecciones tributarias, se toman medidas que afectan a todos los operadores sin distinguir entre empresas cumplidoras o defraudadoras. Lo mismo pasó ya con la prohibición de suministros entre distribuidores al por menor. ¿Considera que hay alternativas más eficaces para combatir el fraude del IVA en el sector sin afectar a la estructura del mercado? ¿Cuáles? Y a su criterio ¿Por qué no se han aplicado? Ha de preguntarse si no podría haber sido suficiente con regulaciones menos invasivas y que impliquen menos gestiones y trámites administrativos costosos. En el sector se está sugiriendo, por ejemplo, obligar a todas las empresas que extraigan productos de los depósitos fiscales a declarar el IVA desde el primer momento con carácter mensual en lugar de trimestral. Y en todo caso, combatir el fraude requiere una mayor implicación de parte de la Administración a la hora de controlar, actuar ante cualquier indicio de incumplimiento y sancionar con rotundidad y celeridad. Desde el punto de vista legal, ¿hay pasos que los gestores deberían tomar ya para asegurarse de cumplir con las nuevas exigencias? Las normas se encuentran todavía en tramitación y se están planteando enmiendas, por lo que habrá que estar al resultado final. Para la aplicación eficaz del nuevo sistema se precisará, además, del posterior desarrollo por Órdenes Ministeriales. Aun así, las empresas del sector ya pueden ir analizando las opciones para convertirse en operadores confiables, operadores económicos autorizados o incluso en depósitos fiscales, según el caso. Ha de estudiarse la situación caso por caso para encontrar la mejor opción para cada afectado. n No deberíamos esperar milagros de esta normativa, los fraudes son variados y van más allá de las obligaciones tributarias por parte de los extractores de los depósitos fiscales 24 CARBURANTE

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