AX114 - Ascensores y Montacargas

15 En prensa, durante 2023 se publicaron varios artículos informando de la normativa de las inspecciones periódicas. Del mismo modo, con motivo del censo de ascensores históricos en Barcelona, el Ayuntamiento de Barcelona propició varias entrevistas en televisión y otras en radio. No faltó un momento para hacer un recordatorio a las personas que nos dejaron el pasado 2023, “amigos y compañeros del sector”, en palabras del presidente, Pere Piñero, quien expresó el pésame a las familias de Pedro Garcés, Dámaso Martínez y Pere Sarrats. A continuación, tuvo lugar la intervención de la tesorera, Montse Llobregat, quien expuso el presupuesto de gastos e ingresos previsto para el 2024, que se aprobó por unanimidad. CÓDIGO DE ACCESIBILIDAD DE CATALUÑA El pasado mes de noviembre se publicó el Decreto 209/2023 de 28 de noviembre, por el cual se aprobó el Código de Accesibilidad de Cataluña, como despliegue de la Ley 13/2014 de Accesibilidad, derogando al mismo tiempo el Decreto 135/1995, de 24 de marzo que estaba vigente. El vicepresidente de la Junta del Gedac explicó que el nuevo Código establece criterios de accesibilidad desde la vía pública, priorizando las rampas antes que las plataformas verticales, y estas últimas, antes que una inclinada. Consolida la obligatoriedad de invertir en accesibilidad por parte de los propietarios verticales y horizontales y también indica los requisitos que han de cumplir las personas usuarias para poder solicitar las obras de rehabilitación en este aspecto; además, define los conceptos de ‘Ajuste razonable’ e ‘Intervención proporcionada’. Así, el ‘Ajuste razonable’ hace referencia a los límites en cuanto a la magnitud de las obras, la afectación a los propietarios y usuarios y el resultado que se obtiene finalmente en accesibilidad. Por su parte, ‘Intervención proporcionada’ viene a referirse al coste efectivo. Conceptos como accesible, practicable, etc. establecen criterios a diferenciar entre rehabilitación y nueva construcción. Por ejemplo, en edificios ya existentes sin ascensor, el Decreto requiere que el ascensor sea accesible y, si no es posible, tendrá que ser practicable. Si el espacio no lo permite, el ascensor tendrá que ser ‘usable’ y cualquier otro aparato de menores dimensiones será considerado no accesible. El Gremio de Cataluña hizo llegar unas observaciones técnicas sobre las exigencias que inicialmente se preveían en el Decreto, que se consideraban superiores a las establecidas en las normas armonizadas. El vicepresidente explicó que se consiguió modificar con éxito alguno de los puntos del anteproyecto. DECRETO 192/2023 EN RELACIÓN A LA LEY DE LA SEGURIDAD INDUSTRIAL Cataluña ha aprobado la nueva Ley de Seguridad Industrial a través del Decreto 192/2023 que despliega la Ley 9/2014 de la seguridad en los establecimientos, instalaciones y los productos. El Decreto aprovecha para derogar circulares, órdenes e instrucciones anteriores de la seguridad industrial y actualizar los itinerarios de trámites administrativos con la Generalitat. El colaborador técnico del Gremio, Joan Carles Fernández, expuso seguidamente algunos puntos del borrador de la esperada ITC de ascensores, que pueden causar dudas y consultas, destacando los más importantes, como son el ámbito de aplicación de los plazos de mantenimiento, el registro de mantenimiento y las obligaciones del titular en cuanto a la documentación que debe tener este de sus ascensores como, por ejemplo, la última inspección periódica y la corrección de los defectos dentro del plazo estipulado. Fernández insistió nuevamente en la importancia de que las empresas dispongan de un Plan de Mantenimiento personalizado de todos los ascensores; también hizo un análisis en la figura del técnico titulado en el caso de las micropymes. A modo de recordatorio –ya que es un tema que se viene insistiendo en informar desde hace varias asambleas– el experto repasó los puntos del ISAE, destacando los de más relevancia: • Nivelación deficiente. • Atrapamiento por cierre o golpes de las puertas durante la entrada o salida de la cabina. • Movimientos incontrolados. • Comunicación bidireccional. • Sustitución de guías redondas o de madera. • Contrapesos. n

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