Sanitaristas 116

                                                                                                                                        de NOx, por el contrario, mantienen su fuerza porque incluso incrementan su participación: 32% en 2012, 37% en 2013 y el 38% citado en 2014. Es decir, las calderas de condensación ganan mercado, no a costa de las de bajo NOx, sino de las estancas, que pasan del 30% al 20%. Las calderas atmosféricas, cuya instalación ha quedado definitivamente prohibida con la última modificación del RITE (Reglamento de Instalaciones Térmicas en los edificios), han desaparecido prácticamente del mercado. Al respecto, cabe recordar que el RITE ha sido decisivo para la expansión de las calderas de condensación y de bajo NOx, ya que desde 2007                                                                                                                                           incluye requisitos que impiden la reposición a fachada de calderas convencionales por no ser de clase NOx 5, y con la modificación de abril de 2013, establece la obligatoriedad de instalación de calderas de condensación en obra nueva.  El sector evoluciona y debe evolucionar inexorablemente hacia las calderas de condensación, entre otras razones porque así lo exigen las normativas de eficiencia energética y reglamentaciones técnicas que se van aprobando a nivel europeo y dentro de cada Estado. La Directiva europea de Eco-Diseño ErP (Energy Related Products) o Directiva 2009/125/CE para la mejora de la eficiencia energética y reducción del impacto medioambiental, impondrá la obligatoria instalación de calderas de condensación tanto en obra nueva como en reposición en un periodo de dos años después de su publicación. En vigor desde 2013, ello significa que a partir de septiembre 2015 únicamente se podrán vender calderas de condensación, por lo que, a partir de esta fecha, estarán prohibidas tanto las calderas estancas convencionales como las calderas de bajo NOx a partir de esta fecha. También a partir de septiembre 2015 será obligatorio el etiquetado energético en las calderas. Las de condensación tendrán la clase A, la más alta. Por lo demás, todos los Planes Renove de sustitución de calderas puestos en marcha por las comunidades ya limitan la oferta a los modelos de condensación. No obstante, quedan dudas sobre la generalización de las calderas de condensación. Pues, como explica una empresa del sector, hay que contar con el factor «inercia de ventas». De acuerdo con este principio no explicitado, «el bajo NOx continuará a pesar de la entrada en vigor de la normativa, debido en gran medida a la poca difusión de las nuevas normas y al nulo seguimiento en la inspección de las instalaciones por parte de los organismos de la administración implicados».  Los desarrollos tecnológicos de los fabricantes de calderas están concentrados en la evolución de la tecnología de condensación. Sus esfuerzos de diferenciación de producto de cara al usuario van en el sentido de conseguir aumentos de rendimientos que permitan a este usuario alcanzar el máximo ahorro en consumo. 63 SANITARISTA'S

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