Seguridad - SG38

DRONES 40 publicación por parte del Estado del futuro Real Decreto UAS, se deberá seguir lo estipulado en el Real Decreto 1036/2017 en el que se establecen las exenciones atribuibles y los requisitos formativos exigibles a los pilotos de dichos organismos. Dichas operaciones se denominan operaciones NO EASA, debiendo cumplir lo requerido por la legislación de cada estado miembro. Cabe diferenciar que a las operaciones realizadas por las FFCCSS, Aduanas, la DGT o el CNI, según el artículo 3 del RD 1036/2017, solo les es aplicable lo dispuesto en los capítulos I y II y lo contemplado en los artículos 33.1 y 38 relacionados con la formación de los pilotos, del mencionado Real Decreto. Las operaciones de LCI y SAR, así como las operaciones realizadas por un operador en nombre del organismo investido de autoridad pública responsable de la respectiva actividad o servicio no EASA sin formar parte del mismo, ni de otro organismo igualmente investido de autoridad pública, están sujetas al cumplimiento completo del RD 1036/2017. Recientemente, en noviembre del 2021, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, publicaba una actualización del Apéndice I, en el que se establecen los medios aceptables de cumplimiento relativos a la formación y certificación de los pilotos que operen aeronaves pilotadas por control remoto. Se establece en dicha actualización la posibilidad de que los pilotos que realicen operaciones NO EASA, hayan podido ser formados y certificados acorde a los nuevos reglamentos europeos, gozando de una formación más moderna, acorde al riesgo asumido y a la aeronave que se esté operando. Este requisito se satisface mediante el certificado teórico STS según el Reglamento 947/2019, expedido por la autoridad competente (AESA) y mediante una acreditación de formación completa de aptitudes prácticas para los escenarios estándar nacionales (STS-ES-01 y STS-ES-02), emitidos por una entidad reconocida por AESA o un operador de UAS declarado para impartir la formación y evaluación de aptitudes prácticas de pilotos a distancia. Los pilotos remotos que integran los equipos de los operadores NO EASA tienen una gran responsabilidad, ya que su desempeño será de gran utilidad y beneficioso para la sociedad, pero no deben olvidar que, a su vez, podrán ser pilotos remotos volando de manera recreativa al margen del organismo al que pertenecen o incluso realizar tareas de policía aérea si son integrantes de una fuerza policial. La formación según los nuevos estándares normativos europeos, ayudará a cumplir con las responsabilidades asumidas. El uso de drones en el ámbito de la seguridad y protección proporciona a los operadores NO EASA de unas capacidades hasta ahora limitadas a la posesión de medios aéreos tripulados. Con el empleo de aeronaves no tripuladas, las capacidades en materia de seguridad y protección se ven fortalecidas y ampliadas, suponiendo los drones unas herramientas muy útiles para diferentes tareas. • Toma de imágenes y vídeo. • Vigilancia de perímetros o instalaciones críticas. • Rastreo de personas mediante cámaras termográficas. • Primera asistencia y evaluación inicial de daños en emergencias, incendios inundaciones. • Peritajes y evaluaciones de accidentes de tráfico o catástrofes y desastres terrestres y fluvialesmediante imagen aérea y reconstrucción 3D de la zona. • Control de situación en secuestros / Puesto avanzado de observación y mando. • Amenaza de explosivos. • Enlace de comunicaciones. • Control de Tráfico, no con capacidad de detección de velocidad, pero sí con observación de infracciones como el uso del móvil al volante o el uso del cinturón. • Control de manifestaciones con retransmisión de imágenes y vídeo. Los UAS son herramientas que acostumbraremos a ver en nuestro entorno más cercano cada vez más a menudo, ya que la tecnología cada vez proporcionamayores prestaciones y garantías en materia de seguridad y la legislación no debe irle a la zaga, aunque se deberá asegurar la protección de las personas no participantes de los vuelos, al resto de usuarios del espacio aéreo y la privacidad de las personas. Cualquier sector verá ampliadas sus capacidades mediante el empleo de estas tecnológicas herramientas: los drones.  Panoplia de equipo Bizkor de la Ertzaintza, con dron incluido.

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