Q97 - Tecnología y equipamento para la industria química

PLÁSTICO 47 de estas legislaciones han necesitado nuevos documentos vinculantes, directrices o notas aclaratorias de carácter no vinculante, que permitirán entender el alcance de algunas definiciones. Por nombrar algunos ejemplos, el Reglamento 94/62/CE de envases y residuos de envases ha tenido al menos siete modificaciones; la Directiva (EU)2019/904 relativa a la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente necesitó una comunicación de la Comisión Europea para su comprensión publicada a través de la Directrices (2021/C 216/01) y a nivel nacional fue necesario publicar, por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, la Nota Informativa sobre la entrada en vigor de la Directiva; la Directiva (UE) 2015/720 traspuesta por el Real Decreto 293/2018 sobre la reducción del consumo de bolsas de plástico, recibió sus aclaraciones de la mano del documento publicado por el Ministerio para la Transición Ecológica titulado “Preguntas frecuentes sobre el Real Decreto 293/2018” o el Reglamento (UE)10/2011 sobre materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos que ha necesitado 15 modificaciones y cinco rectificaciones para facilitar su comprensión. Esto nos demuestra la complejidad que tiene la regulación de este material, ya que requiere de un lenguaje técnico que puede o no coincidir con lo que se entiende comúnmente por ese mismo término. Por ejemplo, para definir que es un “envase” la Directiva 94/62/CE en su redacción original solo hacía mención a: todo producto fabricado con cualquier material de cualquier naturaleza que se utilice para contener, proteger, manipular, distribuir y presentar mercancías, desde materias primas hasta artículos acabados, y desde el fabricante hasta el usuario o el consumidor. Asimismo, en dicho texto ya era necesario aclar que, se consideraría también envases todos los artículos "desechables" utilizados con este mismo fin. Los envases incluyen únicamente: a) "Envase de venta o envase primario": todo envase diseñado para constituir en el punto de venta una unidad de venta destinada al consumidor o usuario final. b) "Envase colectivo o envase secundario": todo envase diseñado para constituir en el punto de venta una agrupación de un número determinado de unidades de venta, tanto si va a ser vendido como tal al usuario o consumidor final, como si se utiliza únicamente como medio para reaprovisionar los anaqueles en el punto de venta; puede separarse del producto sin afectar a las características de este. c) "Envase de transporte o envase terciario": todo envase diseñado para facilitar la manipulación y el transporte de varias unidades de venta o de varios envases colectivos con objeto

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