SCRAP 156 "GENCI garantiza que las empresas envasadoras cumplen con sus obligaciones de gestión de los residuos de envases comerciales e industriales" AINHÖA LIZARBE, DIRECTORA DE RRII Y COMUNICACIÓN DE SIGAUS Y DE GENCI A finales del año pasado, el Gobierno publicó el Real Decreto 1055/2022 de envases y residuos de envases. Esta norma ha supuesto que todas las compañías que utilizan envases comerciales o industriales para comercializar sus productos tengan nuevas obligaciones a las que hacer frente. Ainhöa Lizarbe, directora de RRII y Comunicación de SIGAUS (el sistema referente en España en la gestión de aceites industriales) y de GENCI (el sistema que ya está gestionando los residuos de envases comerciales e industriales en Baleares) nos da más detalles acerca de la norma y de cómo darle respuesta. El sector de los envases de plástico está viviendo un año complejo con el llamado “impuesto al plástico de un solo uso”. ¿Este real decreto aplica también a los envases de plástico? Sí, el RD 1055/2022 aplica a todos los envases comerciales o industriales, independientemente de su naturaleza, formato, material o vida útil. Es decir, aplica tanto a envases de plástico como a envases de metal, cartón, madera… Lo cierto es que en el sector de los envases aún hay un poco de confusión con el impuesto que has comentado y con las obligaciones del real decreto de envases y residuos de envases en relación a la Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP). Son dos conceptos totalmente diferentes. El primero es un impuesto a la comercialización de envases plásticos no reutilizables, gestionado por la Agencia Tributaria, y que aplica por tanto al fabricante de estos envases. Por su parte, la RAP es un principio que aplica a las empresas que comercializan productos envasados y que, aunque también supone un coste, no tiene la consideración de impuesto. Ambos tienen un objetivo común: seguir dando pasos hacia el modelo de economía circular que persigue Europa. ¿A quiénes se considera productores de esos envases, según ese régimen? La RAP es un régimen que lleva más de 20 años aplicándose en España pero que, en cuestión de envases, hasta ahora sólo afectaba a los domésticos. Con el RD 1055/2022, todos los envases comerciales e industriales pasan a estar también afectados. Este régimen se basa en el principio de “quien contamina, paga” y, por ello, exige al responsable de la primera puesta en el mercado de un producto asumir la responsabilidad financiera o financiera y organizativa de la correcta gestión de los residuos en los que se conviertan esos productos al agotar su vida útil. En el caso de los envases, los responsables de esa primera puesta son los envasadores del producto o los importadores o adquirentes intracomunitarios de los productos envasados, que pasan a tener la consideración de “productores de producto”.
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