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29 Como avanzó Ricardo Cortés en su introducción a la jornada, el nuevo reglamento revisa y deroga la Directiva 2006/42/CE, cuya primera versión se aprobó en 1989 y que ha sido hasta ahora el documento de referencia para el sector de maquinaria. “Ha sido una Directiva controvertida, con deficiencias e incoherencias, tanto en lo que se refiere a los productos incluidos en su ámbito de aplicación como a los procedimientos de evaluación de la conformidad”, señalaba Cortés. Además, el hecho de no tener en cuenta los últimos avances tecnológicos en máquinas que cada vez dependen menos de los operadores humanos, así como otros desarrollos digitales, “ha puesto en evidencia la necesidad de esta actualización reglamentaria”. Asimismo, el informe de la Comisión Europea sobre las repercusiones en materia de seguridad y responsabilidad civil, tanto referente a la inteligencia artificial como al internet de las cosas y la robótica, “ponía de manifiesto la presencia de nuevos retos para la seguridad de los productos, evidenciando que la legislación vigente presentaba una serie de resquicios jurídicos”. Sergio Serrano profundizó en estos aspectos, ofreciendo una visión panorámica sobre los pasos que se han dado hasta llegar al nuevo reglamento, los cambios normativos que incorpora respecto a la anterior Directiva de Máquinas, así como los mecanismos de exigencias de cumplimiento que contempla. “Es una de las piezas clave de la legislación que afecta a los fabricantes de maquinaria de construcción, y por ello desde Anmopyc hemos participado desde que comenzó su revisión hasta su desarrollo”, señalaba Sergio. El Reglamento de Máquinas, así como las anteriores Directivas, establecen los requisitos de salud y seguridad para el diseño y la fabricación de los productos incluidos en su ámbito de aplicación, a fin de permitir su comercialización o puesta en servicio en la UE. Se refiere no solo a las propias máquinas, sino también a productos relacionados que se utilizan conjuntamente con una máquina o son una parte de la misma, como equipos intercambiables, accesorios o componentes de seguridad. Asimismo, establece normas para permitir la libre circulación en la UE de los productos incluidos en su ámbito de aplicación. Este reglamento parte con un doble objetivo; por un lado, garantizar un elevado nivel de protección de la salud y la seguridad de las personas, tanto de los consumidores como de los usuarios profesionales. Por otro lado, pretende eliminar las barreras al comercio entre los Estados miembros. En 2018, la Comisión Europea comenzó a estudiar la revisión de la Directiva de Máquinas. Su informe concluyó que, si bien sí cumplía el objetivo de proteger la seguridad de las personas, no se estaban cubriendo los riesgos relacionados con las nuevas tecnologías emergentes: IoT, ciberseguridad, robótica o inteligencia artificial. Además, algunos puntos eran mejorables porque no se prestaban a una interpretación uniforme. De Directiva a Reglamento El primer cambio palpable es que la norma deja de estar recogida en una Directiva y su forma jurídica para a ser la de Reglamento. “El problema con la Directiva de máquinas es que debía ser traspuesta a las normativas Mesa redonda dedicada al nuevo Reglamento de Máquinas, organizada por el Foro Potencia.

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