PO703_Potencia

15 El coste energético El incremento del índice MITMA de costes del sector de la construcción, en el bienio 2021-2022, fue superior al acumulado en los 15 años anteriores. En 2023, el índice sigue en su valor máximo. Por su parte, el índice de precios de la energía en agosto de 2023, duplicaba el valor correspondiente a enero de 2021, incluso con la bajada del 4T22 y 1T23. El informe indica que desde junio de 2023 este índice ha retomado la tendencia alcista. Este hecho es importante, ya que, en determinados tipos de obra, la energía puede suponer más del 30% del coste de la misma. La actualización de su precio está sin embargo excluida del mecanismo excepcional de revisión de precios. Así, el sobrecoste medio en las obras desde enero de 2021, derivado de la subida de precios de los materiales y la energía, oscila entre un 16% y un 26%, manteniéndose esos valores en lo que va de 2023. Revisión de precios Según el informe elaborado por el servicio de estudios de ANCi, el Índice nacional de la mano de obra en construcción muestra un incremento del 11% entre enero de 2021 y diciembre de 2022, sin que exista posibilidad alguna de revisión en los contratos en ejecución que están sufriendo este impacto. Los costes del sector de la construcción se mantienen por encima de los existentes en la etapa precovid, aunque se mantienen por debajo de los máximos alcanzados a mediados de 2022 Elaboración a cargo del Servicio de Estudios de ANCI, a partir de 'Índice de costes del sector de la construcción. CNAE 2009. Base 2015. Índice de costes basado en el consumo de materiales para el conjunto del sector sin incluir el coste de la mano de obra'. que publica el MITMA. Elaboración a cargo del Servicio de Estudios de ANCI, a partir de la serie 'Índices de Precios Industriales. Total Nacional. Mercado interior. Energía. Índice', que publica el INE. El informe reconoce que la revisión excepcional de precios reconoce la existencia de una circunstancia que afecta severamente a los operadores económicos del sector de la obra civil, imprevisible en el momento de la licitación y que excede del riesgo y ventura. Sin embargo, no extiende ese reconocimiento a los contratos públicos de servicios, aunque incorporen obra civil en su prestación. La Ley 11/2023 modifica la LCSP, rebajando el límite temporal para iniciar la revisión de precios de dos años a uno y reconoce la misma posibilidad -con ciertas limitaciones- para los contratos de suministro y servicios. Ésta continúa condicionada a la previa justificación en el expediente. Sin embargo, la revisión de los costes de la mano de obra no está contemplada en el actual régimen ordinario de revisión de precios. El informe concluye que es fundamental establecer un mecanismo de revisión de precios adecuado en la contratación pública para fomentar la concurrencia de los potenciales contratistas y permitir el equilibrio económico durante toda la ejecución del contrato. l

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