30 Foro potencia La reforma laboral Los contratos fijos de obra existentes hasta ahora pueden extender su duración al máximo, durante tres años o hasta que terminen las obras. A lo largo de 2021 el 66% de los contratos de la construcción fueron de este tipo. Con este nuevo modelo, una vez la obra termina, con un preaviso de 15 días (que se debe responder en un plazo de siete días), la empresa debe ofrecer al trabajador una propuesta de recolocación que incluya: ubicación de la obra, fecha de incorporación, y las actuaciones formativas exigibles para el nuevo puesto. Con respecto a estas actividades formativas, Fernández Alén ha explicado que “habíamos propuesto un curso de 20 horas, que era suficiente, pero la administración ha dicho que no quiere establecerlo así. Esto lo vamos a hacer más proto que tarde a través del Convenio General del Sector de la Construcción. Esta formación estará a cargo de la Fundación Laboral de La Construcción, con lo cual sería gratuita”. Los casos en los que este nuevo contrato puede extinguirse son similares a los del contrato fijo de obra, si la persona trabajadora rechaza la recolocación expresa o tácitamente; si la formación de la persona, incluso tras el proceso de instrucción, no es suficiente o no resulta adecuada; en caso de que haya un exceso de personas que desarrollen las mismas labores; o por la inexistencia en la provincia de trabajos adecuados para su nivel de cualificación. “Al ser motivos inherentes a la persona trabajadora, cuando hagamos un despido no tendremos acudir a un expediente de regulación de empleo (ERE) independientemente de las personas que se despidan. De esta manera no tienes que poner en marcha un complicado proceso con sindicatos y administraciones para efectuar el despido, sino que seguimos teniendo el mismo procedimiento que utilizábamos antes”, ha indicado el presidente de CNC. La extinción de los contratos tiene como consecuencia una indemnización del 7% (25 días por año trabajado). Unas cifras que pueden modificarse, “porque la normativa tiene la flexibilidad suficiente para poder extinguir los contratos de trabajo sin tener que ir a ERE”, ha explicado Fernández Alen. Balance del cambio Para el presidente de la CNC, “el cambio es netamente positivo. El contrato fijo de obra ha desaparecido, pero el procedimiento es el mismo, las causas de extinción son iguales, y la indemnización son 25 días, es decir, ha bajado con respecto a la anterior. Aquí tenemos nuestro contrato fijo de obra simplemente transformado en contrato indefinido”. Yolanda Valdeolivas, secretaria de Estado de Empleo entre 2018 y 2020, concluyó en un informe sobre el contrato fijo de obra que este debería computarse como contrato indefinido. “Porque el contrato indefinido normal tiene una duración media de un año y cuatro meses, mientras que nuestro contrato fijo de obra normalmente dura entre 24 y 36 meses”, explica Alén. “Esto no es cambiar las cifras de sitio, sino intentar trasladar el régimen jurídico francés al ordenamiento español. Dentro de un año y medio no podrán decir más que el sector de la construcción es el sector de la temporalidad”, ha concluido el presidente de CNC. Contrato fijo discontinuo Fernández Alén también ha querido destacar que el nuevo contrato fijo discontinuo “se puede utilizar para servicios en contratas mercantiles o administrativas que previsiblemente formen parte de la actividad ordinaria de la compañía. Un tipo de contrato en el que cuando tienes actividad haces un llamamiento a los trabajadores y cuando no, estos no están en la empresa”. “A muchas constructoras les puede venir bien tener contratados de fijos discontinuos a sus especialistas: los que te ponen la madera, los electricistas, la gente que tu utilizas en labores específicas y que duran poco en una obra, pero que son muy importantes. Y así puedes mandar a estos trabajadores a casa cuando hayan terminado sus labores”. Preferencias del convenio La prioridad de los convenios empresariales ya se da desde el año 2012. Esto implica que los convenios firmados por las empresas se mantienen pese a las modificaciones sectoriales que pudieran aparecer con posterioridad. Con la nueva normativa, esta preferencia se conserva salvo en materia salarial donde los cambios no pueden ser inferiores al convenio sectorial. “Lo que ocurría es que se estaban negociando convenios en los que se tiraba el precio del salario por debajo de las tablas. Este fraude se veía en convenios especialmente pequeños. Empresas que utilizan intensivamente Ricardo Cortés, director del Foro Potencia, y Pedro Fernández, presidente de CNC. "300.000 contratos temporales y 800.000 contratos fijos de obra de la construcción van a pasar a computarse como indefinidos"
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