TRIBUNA DE OPINIÓN 17 Hay que tener especial cuidado con la salud de los trabajadores a la hora de manipular estos compuestos químicos. Los vapores que los diisocianatos desprenden pueden provocar irritación en distintas partes como los ojos, la nariz o la garganta Es por todo esto que el 3 de agosto de 2020 quedó aprobado el Reglamento 2020/1149 que modifica, por lo que respecta a los diisocianatos, el anexo XVII del Reglamento (CE) nº 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH). Este reglamento introduce la obligación por parte de las empresas de formar a todos los trabajadores que manipulen estas sustancias para que lo hagan de manera segura. Esta restricción ha sido aprobada tanto para uso industrial como uso profesional. La nueva legislación introduce tres niveles de formación que atienden a diferentes tipos de exposición según el puesto de trabajo desempeñado. El primer nivel se trata de un nivel básico en el cual se aborda la exposición de manera general, el segundo nivel se trata de un nivel intermedio y el último es el más avanzado y completo de todos. Además, desde febrero del año 2022 los productos que contienen diisocianatos deben llevar incluidos en la etiqueta la frase: 'A partir del 24 de agosto de 2023 es obligatorio tener la formación adecuada para proceder a un uso industrial o profesional'. Cabe destacar que estas formaciones vienen mandadas desde Europa, pero deben adaptarse a la legislación propia de cada estado miembro y cumplir con la legislación en materia de prevención. Este es el caso de España, que, debido a la legislación nacional en materia de prevención, estos cursos deben ser impartidos acorde al Real Decreto 39/1997 por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. Este reglamento dice que este tipo de formaciones deben ser impartidas por un servicio de prevención, por lo que algunos cursos de self-learning no serían válidos como tal en cuanto a la manera de impartirlos, pero si serian válidos en cuanto a contenidos. Desde la Asociación Nacional de Fabricantes de Pinturas y Tintas de Imprimir (Asefapi), se ha trabajado por encontrar una solución que contemple toda esta casuística, de modo que se pueda cumplir tanto con la legislación a nivel europeo como a nivel nacional el tema de la formación. Este tipo de formaciones es obligatoria desde el 24 de agosto de 2023, por lo que se recomienda que todas aquellas empresas que tengan puestos de trabajo en los que se deba manipular este tipo de compuestos químicos, realicen la formación (teniendo en cuenta qué nivel de formación se ajusta más a las necesidades de cada puesto) para evitar posibles sanciones por parte de las administraciones. Por el momento se desconoce cómo serán estas inspecciones, si las harán según empiece la restricción o pedirán la información necesaria para el cumplimiento de la ley junto con otros documentos, pero lo que sí se sabe es que, debido a la campaña realizada desde las diferentes asociaciones, todos los afectados por esta nueva legislación habrán tenido acceso a la información necesaria para realizar la formación y estarán cubiertos de la mejor de las maneras para afrontar este nuevo reto. Además, se invita a todos los afectados por esta restricción a que realicen estas formaciones lo antes posible para evitar posibles sanciones y, lo más importante, asegurar que los trabajadores que se exponen y manipulan esta sustancia lo hagan de manera segura de tal modo que se evite y se conciencie sobre los posibles riesgos para la salud que produce esta sustancia y que ya se han mencionado anteriormente. Por otro lado, aquellas empresas a las que se vendan este tipo de productos deberán ser informadas por parte del vendedor de que las personas que van a recibir estas sustancias deben tener una formacion específica para ello, del mismo modo que ellos habrán realizado la formación pertinente.n
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