Industria de la Pintura_PN63

27 TRATAMIENTO DE EMISIONES ¿QUÉ SON LOS COV Y DÓNDE ESTÁN PRESENTES EN LOS PROCESOS DE FABRICACIÓN DE PINTURAS? Los compuestos orgánicos volátiles (COV) son todos compuestos orgánicos formados principalmente por carbono y también otros elementos como hidrógeno, oxígeno, halógenos, azufre, fósforo, silicio o nitrógeno, y que tienen una presión de vapor > 0,01 kPa a una temperatura de 293,15 K. Dicho de una forma más sencilla, son todos aquellos hidrocarburos que se encuentran en estado gaseoso a temperatura ambiente o que sonmuy volátiles a dicha temperatura. Esto agrupa una gran cantidad de compuestos entre los que se encuentran los disolventes más frecuentes en las formulaciones de pinturas y tintas. En el proceso de producción de pinturas existen diferentes zonas con generación de COV, tales como dispersores, mezcladores, procesos de limpieza, molienda, etc. Idealmente se debería diseñar una estrategia de minimización de emisión en todos aquellos puntos donde sea posible, como por ejemplo en los procesos de aporte de producto y limpiezas automatizadas, y una vez minimizadas todas las fuentes se deben caracterizar en un parámetro de emisión total, que incluye la suma de emisiones residuales y emisiones difusas (pérdidas al aire o venteos). ¿QUÉ NORMATIVA AFECTA A LA ACTIVIDAD DE MI INDUSTRIA? INTERPRETACIÓN DEL MARCO LEGAL El “Real Decreto 117/2003, de 31 de enero, sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades” es el principal instrumento a nivel nacional, incluido dentro del marco europeo, para la reducción de emisiones contaminantes de compuestos orgánicos volátiles en la industria. Este RD dictamina que “El uso de disolventes en ciertas actividades da lugar a emisiones de compuestos orgánicos a la atmósfera que pueden ser nocivas para la salud y producir importantes perjuicios a los recursos naturales. Consciente de lo anterior, el Consejo de Ministros de la Unión Europea aprobó, el 11 de marzo de 1999, la Directiva 1999/13/CE, que tiene por objeto prevenir o reducir los efectos nocivos que para las personas y el medio ambiente pueden derivarse de algunas actividades que utilizan en sus procedimientos de fabricación o de trabajo disolventes orgánicos en cantidades importantes. Esta directiva impone a los titulares de instalaciones en las que se realicen dichas actividades determinadas obligaciones, entre ellas, la de no superar los distintos valores límite de emisión que se especifican o la de reducir sus emisiones por otros medios. Asimismo, de conformidad con la citada norma, las autoridades competentes deberán comprobar el cumplimiento de las obligaciones impuestas, quedando obligados los titulares de las instalaciones a facilitar a aquéllas los datos e informaciones necesarios para el desarrollo de su labor". Este RDaplicado al sector 17 identificado como “Fabricación de recubrimientos, barnices, tintas y adhesivos”, identifica que empresas con consumos de

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