Pavimentos y revestimientos 96

OPINIÓN empleo se ha limitado hasta ahora a las líneas industriales de fabricación de productos de madera (suelos, muebles, puertas, etc.). Son barnices normalmente en base disolvente o barnices 100% sólidos. En los últimos veinte años se han ido introduciendo paulatinamente los barnices UV base agua. La novedad en los últimos años, pues, ha sido la introducción de estos productos (barnices UV base agua) para su aplicación en las viviendas gracias al desarrollo de una nueva gama de máquinas de secado UV portátiles que pueden ser transportadas por el instalador a la obra. Con las máquinas adecuadas, son productos de secado inmediato que proporcionan distintos grados de brillo (desde brillantes hasta supermates). Por su parte, los aceites tradicionales son productos que no dejan capa; productos de secado oxidativo que penetran con mucha rapidez en la madera y en los que resulta necesario realizar un mantenimiento muy constante. Sin embargo, los aceites han evolucionado mucho y en estos momentos existen productos de secado molecular. Se trata de productos con una menor penetración, prácticamente superficiales, que proporcionan buenas propiedades mecánicas y su mantenimiento es muy sencillo. SISTEMAS DE SECADO DE BARNICES Y ACEITES Secado físico. Principio: Se basa en la evaporación de la parte volátil de la formulación, disolvente o agua, según sea producto base solvente o base acuosa, mientras que la parte no volátil (resinas, plastificantes, matizantes, aditivos, etc.) forma una película en la superficie de la pieza. Secado por oxidación. Principio: Se produce una reacción entre los componentes del barniz y el oxígeno del aire para formar la película en la superficie de la pieza. Secado por reacción química. Principio: Se produce una evaporación de la parte volátil, y paralelamente una reacción química entre los componentes de la formulación, formándose la película de barniz en la superficie de la pieza. LEGISLACIÓN APLICABLE A LOS BARNICES El día 1 de enero del año 2007 entró en vigor la Directiva 2004/42/CE (DPD) del 21 de abril de 2004 relativa a la limitación de las emisiones de compuestos orgánicos volátiles (COVs) por el uso de disolventes orgánicos en determinadas pinturas y barnices y en los productos de renovación del acabado de vehículos. El objetivo de la Directiva es limitar las emisiones de COVs procedentes de determinadas pinturas y barnices (y en productos de renovación del acabado de vehículos) con el fin de prevenir o reducir la contaminación atmosférica por la formación del ozono a nivel del suelo (ozono troposférico), que ocasiona el fenómeno de la niebla rojiza (también conocida como smog fotoquímica) y repercute negativamente en el aparato respiratorio. La directiva establece unos límites máximos permitidos de contenido de COVs para los productos afectados y define los objetivos en dos fases: un primer objetivo que entró en vigor el 01 – 01 - 2007 y un segundo objetivo, más ambicioso, vigente desde el 01 – 01 - 2010. EL FUTURO DEL SECTOR. CONCLUSIONES La legislación anteriormente expuesta, que limita la emisión de COVs, así como otro tipo de normativas y legislaciones que limitan la utilización de determinadas sustancias químicas, han provocado que los fabricantes de barnices y recubrimientos para la madera hayan tenido que modificar sus productos limitando o modificando en algunos casos sus propiedades finales. Propiedades básicas y nuevas prestaciones. Hasta la fecha, los fabricantes de barnices y recubrimientos han centrado sus estrategias en desarrollar productos con mejores propiedades físicas y químicas. Es decir, productos con una mejor resistencia a la abrasión, a los productos químicos, al rayado, al deslizamiento y al impacto. Y también productos con mejor adherencia. Pero sin olvidarse de presentar una buena estética que aporte belleza y calidez a la madera, y sin obviar propiedades fundamentales de aplicación. 37 - PAVIMENTOS

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