OP258 - Interempresas Obras Públicas y Construcción

17 sente Reglamento que esté diseñado o destinado a desempeñar una función de seguridad y que se introduzca en el mercado por separado, cuyo fallo o funcionamiento defectuoso ponga en peligro la seguridad de las personas, pero que no sea necesario para que dicho producto funcione o cuyos componentes normales puedan ser sustituidos para que dicho producto funcione”. Con arreglo a esta definición, los componentes de seguridad son dispositivos destinados a cumplir funciones de protección, cruciales para la salud y seguridad y, por ello, se diferencian de los componentes operativos. En el anexo II del presente Reglamento se incluye una lista indicativa de componentes de seguridad. En el nuevo Reglamento de máquinas se reconoce el creciente uso del software como componente de seguridad. Por ello, se ha modificado la definición de componente de seguridad para comprender tanto a componentes físicos como digitales. En consecuencia, cualquier software que desempeñe una función de seguridad y se comercialice de forma independiente deberá considerarse también un componente de seguridad. Cabe señalar que solo los componentes de seguridad comercializados por separado están sujetos al Reglamento. Los integrados en máquinas por su fabricante no se consideran como tales, salvo si se venden en general como piezas de recambio. EQUIPOS INTERCAMBIABLES De conformidad con el artículo 3, punto 2, se define como equipo intercambiable a “un dispositivo que, tras la puesta en servicio de una máquina o de un tractor agrícola o forestal, sea acoplado por el operador a dicha máquina o tractor agrícola o forestal para modificar su función o aportarle una función nueva, siempre que el dispositivo no sea una herramienta”. Los equipos intercambiables están destinados a acoplarse a una máquina, de manera que su combinación con la máquina base opere como un solo conjunto funcional. Por ello, el fabricante debe asegurarse que la combinación de estos equipos con la máquina base cumpla los requisitos esenciales de salud y seguridad aplicables. Entre los tipos más comunes de equipos intercambiables, se incluyen por ejemplo aquellos que se montan en máquinas para movimiento de tierras para funciones como taladrar, demoler o manipular materiales y en tractores agrícolas o forestales para tareas como arar, recolectar o cargar. Las piezas de recambio no tienen la consideración de equipo intercambiable, ya que no alteran ni asignan nuevas funciones a las máquinas, sino que simplemente reemplazan componentes desgastados o dañados. Además, herramientas como cucharas simples, dientes o cuchillas tampoco tienen la consideración de equipos intercambiables, ya que tampoco modifican ni asignan nuevas funciones a la máquina base. ACCESORIOS DE ELEVACIÓN Los accesorios de elevación se definen en el artículo 3, punto 5 del Reglamento como “un componente o equipo que no sea parte integrante de la máquina de elevación, que posibilite la prensión de la carga, situado entre la máquina y la carga, o sobre la propia carga, o que se haya previsto para ser parte integrante de la carga y se introduzca en el mercado por separado, incluidas las eslingas y sus componentes”. De acuerdo con esta definición, cualquier equipo que se coloque entre el órgano de prensión de una máquina de elevación y la carga a elevar tendrá la consideración de accesorio de elevación. Como ejemplos de este tipo de equipos se podrían indicar: horquillas de elevación, ganchos C, pinzas (chapas, cilindros, bordillos, etc.), «spreaders» para contenedores ISO, vigas de suspensión, sistemas de prensión por vacío o imanes de elevación. Asimismo, cualquier equipo que se coloque sobre la carga con el fin de facilitar el agarre de esta por el órgano de prensión de la máquina será considerado como un accesorio de elevación. Ejemplos de este tipo de accesorios serían cáncamos y grilletes. Por otra parte, según la definición, también tendrán la consideración de accesorio de elevación aquellos productos que estén concebidos para ser integrados en la carga de forma permanente, con el fin de facilitar el agarre de esta, siempre que estos productos se comercialicen por separado.

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