OP255 ⇒ Interempresas Obras Públicas y Construcción

15 Las máquinas eléctricas deben cumplir con los requisitos esenciales de seguridad aplicables de esta Directiva, que incluyen la protección contra peligros derivados del propio equipo (p.e., protección contra contactos directos e indirectos, temperaturas peligrosas, arcos eléctricos y radiación) y la protección contra peligros que pueden ser causados por influencias externas (p.e., protección contra perturbaciones electromagnéticas). La Directiva de baja tensión cubre de forma exhaustiva todos los peligros que presenta un producto incluido en el ámbito de aplicación de la Directiva de máquinas, por lo que a las máquinas eléctricas deberá aplicarse la Directiva de máquinas o la Directiva de baja tensión. La Directiva de máquinas excluye de su ámbito de aplicación a los siguientes productos eléctricos y electrónicos cuando estos estén incluidos en el ámbito de aplicación de la Directiva de baja tensión: • electrodomésticos destinados a uso doméstico, • equipos audiovisuales, • equipos de tecnología de la información, • máquinas corrientes de oficina, • aparatos de conexión y mando de baja tensión, • motores eléctricos. En consecuencia, las máquinas eléctricas que no estén incluidas en alguna de estas categorías mencionadas estarán sujetas únicamente a la Directiva de máquinas. Cabe señalar que el segundo párrafo del punto 1.5.1 del Anexo I de la Directiva de máquinas hace aplicables a las máquinas que se alimenten con energía eléctrica dentro de los límites de tensión establecidos por la Directiva de baja tensión los requisitos esenciales de seguridad y salud establecidos en la Directiva de baja tensión. Asimismo, de conformidad con lo establecido en ese punto, la declaración CE de conformidad del fabricante de una máquina sujeta a la Directiva de máquinas no deberá hacer referencia a la Directiva de baja tensión. Por otra parte, el material eléctrico de baja tensión que se comercialice por separado para su incorporación a una máquina estará sujeto a la Directiva de baja tensión como tal. El fabricante de máquinas que compre material eléctrico que cumpla la Directiva 2014/35/UE de baja tensión, deberá conservar como parte del expediente técnico de la máquina las declaraciones CE de conformidad del material eléctrico pertinente. RESTRICCIONES AL USO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS La Directiva 2011/65/UE, conocida comúnmente como la Directiva RoHS (Restriction of Hazardous Substances), establece restricciones sobre el uso de ciertas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos (AEE). Esta Directiva ha sido transpuesta al ordenamiento jurídico español mediante el Real Decreto 219/2013. Su principal objetivo es proteger la salud humana y el medio ambiente mediante la reducción del uso de sustancias peligrosas en estos productos, facilitando así el reciclaje y la gestión segura de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE). La presente Directiva se aplica solo a los aparatos eléctricos y electrónicos que se incluyen en alguna de las categorías que figuran en el anexo I. Los productos que pertenecen a la categoría 6 'herramientas eléctricas y electrónicas' pueden inscribirse también en el ámbito de aplicación de la Directiva de máquinas. No obstante, la Directiva 2011/65/UE deja fuera de su ámbito de aplicación a los siguientes aparatos eléctricos y electrónicos relacionados con el sector de la construcción y minería: • instalaciones fijas de gran envergadura, considerando como tales a una combinación de varios tipos de aparatos y, cuando proceda, de otros dispositivos de gran envergadura, ensamblados e instalados por profesionales, destinados a un uso permanente en un lugar predefinido y específico, y desinstalados por profesionales.

RkJQdWJsaXNoZXIy Njg1MjYx