OP241 - Obras Públicas

12 grupo de unidades de máquinas o cuasi máquinas pueda ser considerada como una máquina a la que aplicar la Directiva 2006/42/CE, las unidades que integren este conjunto deberán cumplir todas las siguientes condiciones: • Estar ensambladas para realizar una función común. • Poseer un sistema demando común (puesta en marcha, parada, etc.). • Estar vinculadas funcionalmente de modo que el funcionamiento de una unidad pueda repercutir directamente en el funcionamiento de otras unidades o del conjunto en general. • Funcionar como si fueran una sola máquina en relación con la seguridad. En el caso de los conjuntos de máquinas, la persona que conforma el conjunto tendrá la consideración de fabricante y, por lo tanto, será responsable de garantizar que la totalidad del conjunto cumpla los requisitos esenciales de seguridad y salud contemplados en la Directiva de máquinas. Cuando la persona que diseña y fabrica un conjunto demáquinas sea lamisma que ha diseñado y fabricado todas las unidades que lo integran, la responsabilidad de la conformidad del conjunto con la Directiva demáquinas recaerá sin ningún tipo de duda sobre esta persona. Sin embargo, cuando las unidades que compongan el conjunto hayan sido adquiridas a diferentes fabricantes, ya sea como máquinas completas que puedan funcionar independientemente por separado o como cuasi máquinas, una única persona deberá asumir la responsabilidad, en calidad de fabricante, de la conformidad de todo el conjunto con respecto a laDirectiva demáquinas. En este caso, la responsabilidad podrá asumirla el fabricante de una o varias de las unidades constitutivas, la ingeniería, el contratista o incluso el usuario. No obstante, sería recomendable que la responsabilidad sea siempre asumida por aquellapersonaque tenga unmayor control sobre el proceso de diseño y fabricación del conjunto, ya que será la mejor posicionada para demostrar su conformidad con la Directiva. La persona que asume la responsabilidad de la conformidad de un conjunto de máquinas nuevas como fabricante, deberá cumplir las obligaciones que establece la Directiva 2006/42/CE de máquinas antes de proceder a su comercialización o puesta en servicio. En principio, estas obligaciones se corresponden con las que tienen los fabricantes de máquinas completas, pero con ligeros matices. Existe una creencia generalizada sobre que la suma de las seguridades de máquinas individuales provistas de marcado CE siempre dará lugar a un conjunto de máquinas conforme y seguro. Sin embargo, esto es falso, ya que la seguridad de un conjunto de máquinas no depende únicamente de la seguridad en el diseño y la fabricación de las unidades que lo componen, sino también de la adecuación de las unidades y las interfaces existentes entre ellas. Por lo tanto, el fabricante de un conjunto de máquinas deberá asegurarse que la totalidad del conjunto constituido cumpla los pertinentes requisitos esenciales de seguridad y salud de la Directiva de máquinas. En definitiva, el fabricante de un conjunto de máquinas nuevas deberá cumplir las siguientes obligaciones: • Asegurarse de que se cumplen los requisitos esenciales de seguridad y salud aplicables que figuran en la parte 1 del anexo I (requisitos de alcance general). • Llevar a cabo el procedimiento de evaluación de la conformidad oportuno para el conjunto en cuestión (en el caso de las instalaciones para fabricar materiales de construcción se corresponderá generalmente con el procedimiento de evaluación de la conformidad con control interno de fabricación de la máquina). • Compilar un expediente técnico que permita demostrar la conformidad del conjunto de máquinas con los requisitos pertinentes. • Suministrar un manual de instrucciones en la lengua oficial del país de destino. • Redactar y firmar una declaración CE de conformidad para el conjunto y asegurarse de que acompaña al conjunto. • Colocar un marcado específico con la información sobre el fabricante y el propio conjunto (razón social, designación de la máquina, designación del modelo, número de serie, año de fabricación), incluido el marcado CE. PLANTAS MODULARES Las plantas modulares para la producción de áridos están constituidas por un módulo o una combinación de módulos que no tienen orugas, ruedas o anclajes a tierra, y que están diseñados para ser desmontados parcialmente con el fin de ser transportables. Los equipos modulares permiten una

RkJQdWJsaXNoZXIy Njg1MjYx