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en UNE, y Miguel Blanco, técnico en Desarrollo de Certificación en Aenor Internacional, quienes abordaron respectivamente el proceso de trami- tación del reglamento, las actividades de normalización y la evaluación de la conformidad. Para la segunda mesa redonda, 'Perspectivas de la industria española de la construcción', se contó con la par- ticipación de Stoian Markov, director general de Hidromek West y presi- dente del Grupo de Trabajo MMCE de Anmopyc, María Moreno, directora de Contratación, Técnica e Internacional de Seopan, y Antonio Casado, secretario general de Anapat, quienes ofrecieron su punto de vista sobre los cambios propuestos por la Comisión desde las perspectivas del fabricante, distribui- dor, alquilador y usuario de maquinaria para construcción. A continuación, vamos a comentar los principales temas que se abordaron durante la jornada. MOTIVACIÓN Y OBJETIVOS DEL REGLAMENTO La Comisión Europea publicó enmayo de 2018 un estudio relativo a la evalua- ción del funcionamiento de la Directiva 2006/42/CE de máquinas (SWD(2018) 160). En dicho estudio se concluyó la necesidad de revisar la Directiva por los siguientes motivos: • La no cobertura de los riesgos deri- vados de las tecnologías digitales emergentes. • La incertidumbre legal debida a falta de claridad del ámbito de aplicación y de algunas definiciones. • Ciertos riesgos no contemplados o tratados correctamente para las tecnologías tradicionales; • Medidas insuficientes paramáquinas de alto riesgo. • Costes ambientales y económicos debido a la extensa documentación en papel requerida a las máquinas; • Desalineación con el Nuevo Marco Legislativo de la UE (Decisión 768/2008/CE); • Divergencias en la interpretación de la Directiva entre Estados miembros. Teniendo en cuenta estasmotivaciones, la Comisión publicó el 21 de abril de 2021 la propuesta relativa a un nuevo reglamento sobre máquinas y sus par- tes y accesorios (COM(2021) 202). La presente propuesta pretende cumplir los siguientes objetivos principales: • Abordar los nuevos riesgos derivados de las tecnologías digitales emer- gentes, al tiempo que se permita el progreso técnico; • Garantizar una interpretación cohe- rente del ámbito de aplicación y de las definiciones; • Mejorar la seguridadde las tecnologías tradicionales; • Reevaluar las máquinas que se considera que poseen un factor de riesgo elevado y revaluar los procedimientos de evaluación de la conformidad relacionados; • Reducir los requisitos para la docu- mentación basados en papel; • Garantizar la coherencia con otras directivas y reglamentos basados en el Nuevo Marco Legislativo; y • Reducir las posibles divergencias en la interpretación derivadas de la transposición. TRAMITACIÓN DE LA PROPUESTA DE REGLAMENTO La adopción del nuevo reglamento sobremáquinas y sus partes y accesorios se va a realizar mediante el procedi- miento legislativo ordinario (COD). En este procedimiento, la iniciativa legis- lativa parte de la Comisión Europea, actuando como legisladores el Consejo Cerca de un centenar de personas asistieron a la jornada 'Impacto del futuro reglamento de máquinas en el sector de la construcción', celebrada en el marco de Smopyc 2021. 15
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