NP363

Reglamento Europeo para el establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos sostenibles TRIBUNA El 28 de junio se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) el Reglamento (UE) 2024/1781 del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de junio de 2024, por el que se instaura un marco para el establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos sostenibles. El objetivo del Reglamento es mejorar la sostenibilidad medioambiental de los productos para hacer de los productos sostenibles la norma y reducir la huella de carbono y la huella medioambiental global de los productos a lo largo de su ciclo de vida, y de garantizar su libre circulación en el mercado interior. El Reglamento establece además un pasaporte digital del producto, dispone el establecimiento de requisitos obligatorios de contratación pública ecológica y crea un marco para prevenir la destrucción de productos de consumo no vendidos. El Reglamento es aplicable a todo bien físico que se introduzca en el mercado o se ponga en servicio, incluidos los componentes y los productos intermedios. A través de actos delegados, la Comisión establecerá los requisitos de diseño ecológico para los diferentes productos. Ningún acto delegado entrará en vigor antes del 19 de julio de 2025. En dichos actos delegados se establecerán requisitos de diseño ecológico (con el fin de hacer frente al impacto medioambiental), requisitos de rendimiento y requisitos de información. Los requisitos de información dispondrán que los productos solo puedan introducirse en el mercado o ponerse en servicio si existe un pasaporte digital del producto. Los datos que figuren en el pasaporte digital del producto serán exactos y completos y estarán actualizados. La Comisión creará y gestionará un portal web de acceso público que permita a las partes interesadas buscar y comparar los datos contenidos en los pasaportes digitales de productos. El portal web estará diseñado para garantizar que las partes interesadas puedan buscar y comparar los datos de manera coherente con sus respectivos derechos de acceso. En el contexto de los programas de los que puedan beneficiarse las pymes, en particular las microempresas, la Comisión velará por que existan iniciativas que ayuden a estas empresas a integrar la sostenibilidad medioambiental, incluida la eficiencia energética, en su cadena de valor. Si bien los productos de construcción han de ser regulados por el Reglamento de productos de construcción, siguen incluidos en el ámbito de aplicación del Reglamento de ecodiseño. Para abordar los productos de construcción, el Reglamento de ecodiseño debe fijar requisitos relativos a los productos finales únicamente cuando no sea probable que las obligaciones dimanantes del Reglamento de productos de construcción y su cumplimiento logren de un modo suficiente los objetivos de sostenibilidad que persigue el Reglamento de ecodiseño. El Reglamento entró en vigor el 18 de julio de 2024. ASEFAVE

RkJQdWJsaXNoZXIy Njg1MjYx