El Reglamento europeo de máquinas TRIBUNA La cada vez mayor motorización de los productos de construcción convierte éstos en máquinas y, desde el punto de vista legal, el fabricante se considera fabricante de maquinaria. Por el momento, para los productos motorizados, es de aplicación la Directiva 2006/42/CE relativa a las máquinas, que conlleva la elaboración de una declaración de conformidad y una etiqueta de marcado CE sobre el producto. En junio de 2023 se publicó el Reglamento (UE) 2023/1230 relativo a las máquinas y que deroga la Directiva. Ya está en vigor desde el 19 de julio de 2023, pero no será de aplicación hasta el 20 de enero de 2027. Hasta entonces sigue vigente la actual Directiva de Máquinas, sin periodo de coexistencia. A los efectos del Reglamento, toda persona física o jurídica que lleve a cabo una modificación sustancial de una máquina o de un producto relacionado tendrá la consideración de fabricante y estará sujeta a las obligaciones del fabricante con respecto a la máquina o producto relacionado. Junto con la motorización, se está implementando la digitalización y conectividad de los productos, aspectos que no recoge la Directiva y que el Reglamento quiere poner al día. De ahí que alguno de los principales cambios que introduce el Reglamento sea la integración de disposiciones relacionadas con la seguridad cibernética para sistemas de control de seguridad y software y datos relacionados con el cumplimiento. Incluso yendo más allá, se apunta a la integración de disposiciones relacionadas con la inteligencia artificial para funciones de seguridad. Otro de los objetivos del Reglamento es reducir los costes derivados de la extensa documentación en papel. Así, se establece la posibilidad de facilitar el manual de instrucciones y la declaración de conformidad en formato digital. El formato digital debe ser imprimible, descargable y accesible durante al menos 10 años. Aunque también se contempla que la se indique en la propia maquina la vía de acceso a las instrucciones digitales. No obstante, existe la obligación de facilitar las instrucciones gratuitamente en papel en el plazo de 1 mes a petición del comprador en el momento de la compra. En el caso de máquinas destinadas a usuarios no profesionales, el fabricante tiene la obligación de facilitar siempre en papel la información de seguridad esencial. ASEFAVE II Congreso de Inmatbyciare sobre rehabilitación Los días 24 y 25 de abril se celebró una nueva edición del Congreso Inmatbyciare sobre Rehabilitación, organizado por Grupo Ciare en colaboración con el despacho de abogados Garrigues. Contó con el apoyo y participación del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid. En el Congreso se abordaron temas del interés para todos aquellos preocupados en conocer los retos a los que se enfrentan los diferentes agentes del sector de la Arquitectura y la Construcción en cuanto a la rehabilitación y reforma del parque de viviendas de España, que se encuentra en muchos casos muy envejecido. Dentro del programa destacaron dos mesas de debate: ‘Las claves del ahorro energético’ y ‘Envolventes y Claves de la envolvente 2030: los cerramientos más adecuados para cada tipo de obra. ¿Son los cerramientos y pieles exteriores actuales, compatibles con los requisitos de patrimonio, protección contra incendios, confort térmico y resistencia contra la intrusión?’. En ambas, participaron representantes de diversas empresas pertenecientes a Asefave.
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