NP343

TRIBUNA El proceso de revisión del Reglamento, que regula el marcado CE de los productos de construcción con norma armonizada, comenzó hace un tiempo y lleva un ritmo lento. Recientemente, el Comité Social y Económico Europeo ha publicado su Dictamen sobre condiciones armonizadas para la comercialización de productos de construcción, en el que las conclusiones no son muy halagüeñas en cuanto a una rápida revisión, estimando que solo se tendrán resultados en un plazo de diez años. El período transitorio propuesto entre el Reglamento vigente y el Reglamento revisado es de veinte años, lo que puede causar problemas de índole práctica, ya que la introducción progresiva de especificaciones técnicas armonizadas durante un período de veinte años llevará demasiado tiempo. El nuevo RPC propuesto se refiere al uso obligatorio de los métodos de evaluación, la clasificación y los criterios europeos por parte de todos los agentes del sector de la construcción. Esto afecta a más de tres millones de empresas de la UE, la mayoría de las cuales son pymes. Los requisitos deben estar justificados, ser proporcionados y no conllevar cargas burocráticas y administrativas innecesarias, especialmente si su valor añadido es limitado. El Comité considera especialmente relevante que los esfuerzos que dedican las empresas de construcción a implantar la circularidad se demoren, se dificulten o incluso se detengan debido a la ausencia de claridad normativa en el nuevo RPC. En este sentido, se requiere aclarar las disposiciones del Reglamento para evitar obstaculizar la circularidad. Los dos objetivos generales de la revisión del RPC son: 1) lograr un mercado único de productos de construcción que funcione correctamente, y 2) contribuir a la consecución de los objetivos de la transición ecológica y digital, en particular por lo que respecta a un mercado moderno y eficiente en el uso de los recursos y la competencia. El objetivo de la labor de normalización en cuanto a la sostenibilidad de los trabajos de construcción debería valorar por igual los aspectos medioambientales, económicos y sociales de la sostenibilidad de los productos, edificios y servicios (preferentemente a través del etiquetado). Por ello, se puede interpretar que dicha revisión no tiene una fecha clara a corto plazo mientras en diferentes foros de la Unión Europea se van discutiendo aspectos parciales de la modificación, con el riesgo de que no exista una coordinación de todas las tareas y los plazos se demoren mucho más. En cualquier caso, el aspecto medioambiental cada vez va a tener más importancia, y bien sea a través del Reglamento o a través de Directivas, será una información que los fabricantes de productos de construcción se verán obligados a declarar. ASEFAVE REVISIÓN DEL REGLAMENTO EUROPEO DE PRODUCTOS DE LA CONSTRUCCIÓN

RkJQdWJsaXNoZXIy Njg1MjYx