TRIBUNA El año 2021 se ha despedido con la propuesta de revisión de la Directiva europea sobre eficiencia energética de los edificios, con el objetivo puesto en que el parque de edificios sea de cero emisiones en 2050. El concepto de rehabilitación es uno de los ejes centrales. Para que la rehabilitación de edificios y viviendas se considere una actividad económica sostenible se ha de conseguir un ahorro mínimo del 30% en el consumo o consistir en medidas específicas individuales clasificadas como sostenibles. Los objetivos específicos que se persiguen son: incrementar el ritmo y profundidad de las renovaciones en edificios, mejorar la información sobre la prestación energética y la sostenibilidad de los edificios, y asegurar que todos los edificios estén en línea con los requisitos de neutralidad climática para 2050. La aplicación de los requisitos mínimos de prestación energética será de aplicación tanto a edificios y viviendas existentes que se sometan a una rehabilitación profunda, como a elementos que formen parte de la envolvente del edificio y que tengan un impacto significativo en la prestación energética de la envolvente en la que se van a instalar. El nuevo concepto clave en esta Directiva, desplazando al de edificio de energía casi nula, es el de “edificio de emisiones cero”: edificio de muy alta prestación energética, en el que la pequeña cantidad de energía que necesite se genera completamente en el sitio mediante fuentes renovables, o mediante una comunidad de energía renovable o mediante sistemas de distrito de calefacción y enfriamiento. Cada Estado Miembro debe establecer un plan nacional de rehabilitación de edificios para asegurar que su parque edificatorio, tanto residencial como no residencial, público y privado, se convierte en un parque de alta eficiencia energética y descarbonizado en 2050, transformando los edificios existentes en edificios de emisiones cero. Este plan se debe enviar a la Comisión Europea cada cinco años, estando previsto que el primer borrador se haga llegar hasta el 30 de junio de 2024. Los edificios de nueva construcción han de ser edificios de emisiones cero a partir del 1 de enero de 2027 en el caso de edificios públicos, y del 1 de enero de 2030 para el resto de edificios Además, se modificará el certificado de eficiencia energética del edificio, que ha de incluir el potencial de calentamiento global a partir de las siguientes fechas: 1 de enero de 2027 para todos los edificios de nueva construcción con una superficie útil superior a 2.000 m², y 1 de enero de 2030 para el resto de edificios de nueva construcción. La letra A se reserva para los edificios de emisiones cero y la letra G para el 15% de los edificios existentes con peores prestaciones en el momento de realizar el escalado. Se establecerán procedimientos simplificados para actualizar el certificado de eficiencia energética cuando se sustituyan elementos individuales en el edificio o vivienda, así como cuando se realicen actuaciones contempladas en el pasaporte de rehabilitación. La Directiva incluye también un calendario para marcar el ritmo de renovación y la mejora en las prestaciones energéticas de los edificios existentes: • Los edificios públicos deben alcanzar, como mínimo, una clasificación energética F después del 1 de enero de 2027 y una clasificación energética E después del 1 de enero de 2030. • Los edificios privados no residenciales deben alcanzar, como mínimo, una clasificación energética F después del 1 de enero de 2027 y una clasificación energética E después del 1 de enero de 2030. • Los edificios residenciales deben alcanzar, como mínimo, una clasificación energética F después del 1 de enero de 2030 y una clasificación energética E después del 1 de enero de 2033. No obstante, los Estados Miembros deben seguir definiendo sus estrategias para conseguir mejores clasificaciones energéticas de cara a 2040 y 2050. Un elemento clave será el pasaporte de rehabilitación, que ha de estar en funcionamiento a partir del 1 de enero de 2025. El pasaporte lo emitirá un experto cualificado y certificado tras visita al edificio o vivienda, debe incluir una secuencia de actuaciones de rehabilitación de forma que el edificio se convierta en 2050 en un edificio de emisiones cero, identificando los ahorros en consumo de energía y emisiones de gases de efecto invernadero, además de otros beneficios (salud y confort). El pasaporte ha de incluir, asimismo, información técnica y sobre posibles fuentes de financiación. Asefave DIRECTIVA EUROPEA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS
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