Interempresas Mascotas

6 ACTUALIDAD MÁS NOTICIAS DEL SECTOR EN: WWW.INTEREMPRESAS.NET • SUSCRÍBETE A NUESTRA NEWSLETTER 1. La identificación y esterilización de todos los gatos antes de los 6 meses de edad (art. 26.i) LBA) Durante el año de carencia en el que se permita vender gatos en las tiendas de animales, estos se deben vender identificados y esterilizados si tienen más de 6 meses de edad. Si tienen menos de 6 meses, deberán estar identificados mediante microchip e informar al comprador del deber de esterilizarlos cuando cumplan los 6 meses. 2. Acerca de las herramientas de manejo para los animales de compañía (art. 27.ñ) LBA) A partir de la entrada en vigor de la LBA, se prohíbe el uso de cualquier herramienta de manejo que pueda causar lesiones al animal, en particular, collares eléctricos, de impulso, de castigo o de ahogo. Actualmente estamos en conversaciones con la DGDA respecto del uso profesional de alguno de estos materiales, de tal forma que en el desarrollo reglamentario se permita el uso de estos por parte de profesionales. 3. En relación con el curso de formación y el seguro de responsabilidad civil (art. 30 LBA) El curso de formación aún no resultará de aplicación al encontrarse pendiente el desarrollo reglamentario de la LBA. Con relación al seguro de responsabilidad civil, la obligación de contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil por parte de las personas físicas o jurídicas tenedoras de perros, establecida en el artículo 30.3 de la Ley, entraría en vigor el 29 de septiembre de 2023, de acuerdo con su disposición final novena. Si bien, en puridad de términos jurídicos, no resulta efectivamente aplicable hasta que se produzca el desarrollo reglamentario de dicho precepto, de conformidad con lo dispuesto en el mismo. Asimismo, se deberá atender a lo recogido sobre esta materia en las normativas autonómicas y locales, que ya establecen, en algunos casos, la obligatoriedad de disponer seguro de responsabilidad civil por tenencia de perros. Finalmente, en el caso de los perros potencialmente peligrosos, la normativa específica (Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos) obliga a que la cobertura mínima del seguro de responsabilidad civil sea de, al menos, 120.000 €. Por otra parte, se recomienda consultar a las compañías aseguradoras para que asesoren sobre los perros que podrían estar incluidos en las pólizas de seguros del hogar, según su tipología, normativa de aplicación y otros aspectos. Esto es válido tanto para profesionales como para particulares. 4. El listado positivo de animales de compañía (art. 34 y art. 35 LBA) Al no contar aún con el Reglamento de la LBA ni con ningún tipo de listado, estos artículos no entrarán en vigor por el momento. LA AEDPAC INFORMA: Afectaciones de la nueva Ley de Bienestar Animal al sector de los animales de compañía El pasado día 29 de septiembre de 2023 entró en vigor la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales (LBA), razón por la cual, a continuación, detallamos algunos de los principales artículos que han empezado a repercutir en nuestro sector del animal de compañía. AEDPAC - Asociación Española de la Industria y el Comercio del Sector del Animal de Compañía aedpac Asociación Española de la Industria y el Comercio del Sector del Animal de Compañía. A member of

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