Revista LIcencias Actualidad 80

ENTREVISTA 68 ba revertiendo a él. Las pérdidas de beneficios, puestos de trabajo y, en definitiva, de bienestar, son evidentes. Pero además, el consumidor debe ser consciente de que la adquisición de productos falsificados o copiados, de dudosa calidad, conlleva riesgos para la seguridad y la salud pública, especialmente en el consumo de ar- tículos de alimentación y de juguetería, de productos farmacéuticos, cosméticos, y de recambios. Por último, y no menos importante, la adquisición de productos falsificados tiene un efecto negativo directo en la pro- tección de la propiedad intelectual, y por ende, en la in- novación y en el crecimiento económico, pues supone un aprovechamiento desleal de la ventaja competitiva de los propietarios, fabricantes y distribuidores, quienes legítimamente invierten dinero y esfuerzo en la creación e innovación. - ¿Quién tiene más responsabilidad a la hora de defen- der una propiedad? - El responsable final es el titular del derecho, el pro- pietario. Sin embargo, generalmente, y especialmente en contratos internacionales de licensing, en la localiza- ción y detección del producto falsificado o copiado tiene más interés y responsabilidad el licenciatario, distribui- dor o fabricante local, que es quien se ve directamente perjudicado y quien conoce de forma más amplia cómo opera el mercado, y tiene mejor acceso a la regulación sobre propiedad intelectual e industrial local. En la prác- tica, es habitual que o bien los licenciatarios asuman directamente la protección jurídica de los derechos, con la aprobación de los propietarios, o bien lo hagan ambos conjuntamente, de tal manera que el propietario mantenga siempre un cierto control sobre las acciones ejercitadas. - ¿Cómo pueden actuar los propietarios y agentes si detectan una falsificación/copia? - Deben denunciarlo de inmediato. Para ello disponen de los mecanismos legales apropiados para garantizar la tutela jurídica de sus derechos e intereses. Por ello, siempre es necesario contar con una asesoría legal ade- cuada en materia de propiedad intelectual e industrial, con la finalidad de actuar eficazmente en material civil, penal o administrativa, en función de las circunstancias de cada caso e infracción. - ¿Cómo pueden hacerlo los licenciatarios/fabrican- tes? ¿Y los detallistas? - Los licenciatarios, fabricantes y detallistas pueden dis- poner de las mismas soluciones que los titulares, si es- tos, contractualmente, no le han limitado la legitimación activa para la interposición de las acciones judiciales. En el caso de que exista dicha limitación, normalmente se habrá previsto una actuación conjunta con el titular, o bien que sea el titular quien ejercite dichas acciones. Lo que es seguro es que el licenciatario o fabricante, o in- cluso el detallista, no están desamparados en caso de infracciones. - ¿A quién perjudica más que se extiendan copias y fal- sificaciones? ¿Por qué? - A todos. A los creadores e inventores, que ven como el mercado se muestra reacio a invertir en sus capacidades si luego la explotación no se protege. A los propietarios y titulares porque en definitiva ven reducidas las posi- bilidades de obtener beneficios de aquellos productos exitosos que generalmente suponen enormes inver- siones y grandes riesgos (se cuenta que solo 1 de cada 7 productos lanzados al mercado reporta un beneficio importante, en 4 se iguala la inversión y en 2 se pierde dinero). A los agentes y licenciatarios, porque son quie- nes asumen los esfuerzos e inversiones para la promo- ción del licensing y la comercialización de los productos licenciados, pasando por la publicidad, por el proceso de evaluación de los productos licenciados, hasta por el control de la explotación por parte de los licenciatarios finales, detallistas y fabricantes. A los consumidores y usuarios, que adquieren productos sin garantía, fabrica- dos de forma deficiente y, en ocasiones, incluso peligro- sos para la salud. Y, por fin, a la sociedad en general, que desperdicia fondos públicos en la persecución de una actividad delictiva, pierde puestos de trabajo y deja de ingresar impuestos, pues toda actividad pirata es, ade- más, fiscalmente opaca. - ¿A qué categorías del licensing afectan más estas problemáticas (moda, juguetes…)? - Las categorías más afectadas son el textil (especial- mente en relación con la fabricación y la distribución de prendas de vestir de lujo, así como al calzado), los artí- culos de joyería y relojería, los productos farmacéuticos, los perfumes y cosméticos, los productos alimentarios (especialmente vinícola), los artículos de juguetería, y los productos electrónicos y recambios. n Las copias y falsificaciones perjudican tanto a los actores de la cadena de valor, como a la sociedad en general

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