Job-Wear - JW98
I+D 40 Inescop investiga la evaluación integral del confort desde distintos puntos de vista y en diferentes tipologías de calzado, entre las cuales está el calzado deportivo y el laboral INFLUENCIA DEL CALZADO DEPORTIVO EN EL CALZADO LABORAL El calzado de uso laboral ya no se conforma con cumplir con el Reglamento Europeo en cuanto a criterios de seguridad y funcionalidad, ahora va más allá buscando valor añadido en el confort y en la estética, propiedades que cada vez están más demandadas por los consumidores. En este sentido, el sector del calzado deportivo es clave, pues constituye una fuente de conocimientos y tecnologías que son aplicables al calzado laboral por su similitud en cuanto a materiales utilizados y construcciones del calzado. Mónica Sanchís, Cristina Llobell, Elena Bañón, Francisca Arán y Elena Orgilés, Inescop, Centro Tecnológico del Calzado Inescop, en el marco de los proyectos Sportshoes I, y Thermodelshoe II, finan- ciados por Ivace y Fondos Feder y el proyecto Footwear UX LAB, financiado por la Conselleria de Innovación, inves- tiga la evaluación integral del confort desde distintos puntos de vista y en diferentes tipologías de calzado, entre las cuales está el calzado deportivo y el laboral. Hablar de calzado de uso laboral o profesional es hablar de un equipo de protección individual (EPI) y, como tal, debe estar sometido a un proceso de certificación para poder comerciali- zarse. Esto implica que las empresas deben fabricar el calzado conforme a unos requisitos concretos y un fin; que un laboratorio acreditado debe comprobar el cumplimiento de esos requisitos de acuerdo a unos méto- dos de ensayo armonizados, y que un Organismo de Control otorgue el correspondiente certificado según el Reglamento Europeo 2016/425. Estos requisitos y métodos de ensa- yos se establecen en unas normas o estándares armonizados cuya ela- boración está a cargo del Comité de Normalización CEN/TC161 que trabaja en normativa para la protección de pies y piernas. Con el cumplimiento de estas normas, los requisitos de protección y ergonomía que debe aportar el EPI están asegurados. Los ensayos establecidos en estas nor- mas son ensayos que se realizan con equipos de laboratorio en los que no intervienen usuarios de calzado, con la excepción de la prueba de ergonomía, cuyo cumplimiento es obligatorio, y que consiste en evaluar, por parte de probadores especializados, la idonei- dad del calzado para realizar una serie de tareas típicas que se realiza en su uso habitual, como puede ser andar a una velocidad en torno a 5 km/h, subir y bajar escaleras, o agacharse con una rodilla en el suelo. En cualquier caso, se trata de una prueba básica que normalmente se supera y que nada tiene que ver con los requisitos de funcionalidad y confort. EL CALZADO EPI PONE EL FOCO EN LA SEGURIDAD, EL CONFORT Y LA ESTÉTICA Pero el calzado laboral no sólo debe satisfacer un nivel de protección requerido, sino que también debe satisfacer la experiencia del usuario aportando un nivel de confort durante su uso y una estética atrayente, pues ambos son necesarios para que el calzado EPI sea apreciado y utili- zado por los trabajadores durante la jornada completa. Con demasiada frecuencia se dan accidentes en los que, tras analizar las circunstancias del siniestro, se ha detectado que el trabajador no ha utilizado ningún tipo de calzado EPI o bien no usaba el que le es asignado en la evaluación de riesgos, alegando su incomodidad y falta de funcionalidad. Un buen ejemplo de este compromiso entre seguridad, confort y estética lo constituye las dimensiones dadas a las punteras de acero cuando se requieren para evitar posibles daños por impacto debido a la caída de obje- tos sobre el zapato. En este caso, una
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