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52 EFICIENCIA ENERGÉTICA Recordatorio de requisitos en materia de energía y eficiencia energética En concreto, Deplan se refiere al Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios; el Real Decreto-Ley 29/2021, de 21 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito energético para el fomento de la movilidad eléctrica, el autoconsumo y el despliegue de energías renovables; y el Real Decreto-Ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural. CERTIFICACIÓN DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA EN EDIFICIOS Según establece el Real Decreto 390/2021, la obtención de la certificación de la eficiencia energética aplica a edificios de nueva construcción, edificios existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario; inmuebles pertenecientes u ocupados por una Administración Pública con una superficie útil total superior a 250m2; edificios en los que se realicen reformas o ampliaciones; aquellos con una superficie útil total superior a 500m2 destinados a uso administrativo y otros usos; y edificios Como empresa especializada en el campo de la ingeniería y consultoría ambiental, Deplan quiere recordar los requisitos en materia de energía y eficiencia energética más destacados para el sector industrial, de reciente aplicación o de inmedianta entrada en vigor. El certificado de eficiencia energética tendrá una validez máxima de 10 años, excepto si la calificación energética es G, cuya validez máxima será de 5 años que tengan que realizar obligatoriamente la Inspección Técnica (ITE) o inspección equivalente. El certificado de eficiencia energética tendrá una validez máxima de 10 años, excepto cuando la calificación energética sea G, cuya validez máxima será de 5 años. Será el propietario del edificio el responsable de la renovación o actualización del certificado de eficiencia energética conforme a las condiciones que establezca el órgano competente de la comunidad autónoma. Cabe destacar que todas aquellas instalaciones obligadas a cumplir con las inspecciones de eficiencia energética (IPE) y cuya última inspección se hubiera realizado con anterioridad a al 1 de enero de 2021, deberían haber adelantado de forma puntual la siguiente inspección antes del 1 de diciembre de 2022. INSTALACIÓN DE ESTACIONES DE RECARGA Por otra parte, según establece el Real Decreto Ley 29/2021, de 21 de diciembre,

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