IA35 - Almazaras

72 ECOSISTEMAS Es decir, contribuye a la mitigación, pero también a la adaptación al cambio climático a través de la mejora de la gestión del agua, que será crucial en momentos críticos como los que se esperan. Por otra parte, si se tienen en cuenta las conclusiones de la primera evaluación de riesgo climático en Europa que acaba de publicar la Agencia Europea de Medioambiente, el valor de la agricultura de conservación crece, pues el europeo es el continente que más rápidamente se calienta y en el sur cabe esperar una considerable disminución de la precipitación total y sequías más severas. Conclusiones que sirven al eurodiputado Luena para hacer hincapié en la necesidad de que “nuestros ecosistemas tengan buena salud porque son fundamentales para nuestra adaptación al cambio climático y para nuestra resiliencia”. De esta salud dependerá la seguridad alimentaria, según indica. Preguntado por el papel a desempeñar por la agricultura de conservación, afirma que serán los Estados miembros los que decidan sobre las medidas a adoptar, pero que, efectivamente, “esta puede ser una de ellas”. Luena recuerda que en el Anexo VII de la ley se pueden encontrar ejemplos de medidas de restauración y que, entre ellos, figuran, por ejemplo, el cultivo múltiple y la rotación de cultivos. MEDIDA ADECUADA… Y RENTABLE Al anexo nos lleva también Óscar Veroz, ingeniero agrónomo y director ejecutivo de la Asociación Española de Agricultura de Conservación ‘Suelos Vivos’. En él ha encontrado argumentos que pueden convertir la ley de restauración de la naturaleza en un “acicate” para la agricultura de conservación y hacer que las diferentes administraciones la tomen como referencia. Veroz es prudente, porque están pendientes “decisiones de tipo político”, pero ve muy alineados los índices reflejados en la ley con la dirección que lleva el tipo de agricultura que representa. Afirma que hay mucha bibliografía internacional que avala a la agricultura de conservación con respecto a la gestión del carbono en suelos. Y no tanta, pero sí suficiente, que habla con respecto los efectos sobre mariposas y polinizadores. Precisamente, en 2023 se realizó una revisión bibliográfica mundial cuyo informe final habla de estos aspectos y refleja también otros, como el incremento de fauna y microfauna en el suelo, del avistamiento de aves esteparias, de nidificación en tierras de cultivo y de presencia de larvas (luego insectos) en los suelos no labrados. Así que, aunque no hay mención expresa a ella en la ley, desde Suelos Vivos consideran que puede interpretarse que la agricultura de conservación “está dentro del ánimo de los legisladores”, especialmente porque sí hay referencia a la situación climática, “una línea de trabajo en la que llevamos mucho tiempo colaborando con la Administración”. Amén de las ventajas técnicas y medioambientales, Veroz recuerda una que en estos momentos puede resultar determinante: la agricultura de conservación es rentable. Lo que significa, en el contexto de la controversia existente en el sector agrario, que su aplicación en el marco de la nueva ley no supondría limitaciones a la rentabilidad de las explotaciones. Por su parte, desde el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), confirman a Tierras Agricultura que los beneficios de la agricultura de conservación sobre la biodiversidad de los ecosistemas “son cuantiosos” y que por eso el Plan Estratégico de la PAC “nos ha llevado a plasmar una firme apuesta por la agricultura de conservación a través de determinadas medidas”. Se refieren, fundamentalmente, a los ecorregímenes centrados en la siembra directa y las cubiertas vegetales, que, ciertamente, tal y como confirma CIHEAM Zaragoza acogió en marzo el seminario internacional sobre el futuro de la agricultura de conservación en el Mediterráneo.

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